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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Jueves, 13 de octubre de 2016 Pág. 46670

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1469/2016 M).

María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicacion 1469/2016 seguido a instancia de José Antonio Añón Rodríguez contra Fogasa, Sumtec, S.L., General Panels, S.L., Puertas Blindex, S.L., Bianinver Sociedad de Inversiones, S.L., Admón. Concursal Sumtec (Fernández Obanza Carro) sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallamos: estimando parcialmente el recurso de suplicación interpuesto por José Antonio Añón Rodríguez contra la Sentencia de 30 de noviembre de 2015 del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, dictada en juicio seguido a instancia del recurrente contra la entidad mercantil Sumtec, Sociedad Limitada, su administración concursal, la entidad mercantil Puertas Blindex, Sociedad Limitada, la entidad mercantil General Panels, Sociedad Limitada, y la entidad mercantil Bianinver Sociedad de Inversiones, Sociedad Limitada, con intervención del Fondo de Garantía Salarial, la sala anula parcialmente dicha sentencia y acuerda reponer los autos al momento de haberse dictado para que, con libertad de criterio y asumiendo la competencia propia, se resuelva la acción de reclamación de cantidades acumulada y, desestimando en el resto el recurso, se mantiene la declaración de incompetencia de la jurisdicción social para conocer de la acción de resolución de contrato formulada por la actora.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar el depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida del cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo. Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 ó bien presentar aval bancario solidario en forma. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones ó concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Puertas Blindex, S.L. y Bianinver Sociedad de Inversiones, S.L. cuyo último domicilio conocido era polígono industrial O Acevedo, s/n, parcela A1 y A2 actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG y se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de septiembre de 2016

La letrada de la Administración de justicia