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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 161 Viernes, 26 de agosto de 2016 Pág. 38083

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo

EDICTO (549/2015).

Begoña Acha Barral, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de refuerzo de Familia de Vigo, por el presente anuncio:

En el presente procedimiento de divorcio seguido a instancia de María Becerra Vilas frente a Gregorio López Teixeira se ha dictado sentencia cuyo tenor literal es el siguiente:

Sentencia nº 107/16.

En Vigo a 23 de febrero de 2016.

Teresa A. Fernández Molinos, jueza del Juzgado de refuerzo de los juzgados de Primera Instancia número 5 y número 12 de Vigo y de su partido judicial, ha visto y oído los presentes autos sobre divorcio número 549/2015, seguidos a instancia de María Becerra Vilas, representada procesalmente por la procuradora Sra. Valencia Ulloa y asistida del letrado Sr. Moreiras Garabatos, frente a Gregorio López Teixeira, en situación de rebeldía procesal.

Fallo que, estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por la procuradora de los tribunales Sra. Valencia Ulloa, en nombre y representación de María Becerra Vilas, frente a Gregorio López Teixeira, declarado en situación de rebeldía procesal, procede declarar la disolución por divorcio del matrimonio canónico contraído por ambos litigantes el día 25 de mayo de 1980 en Vigo, inscrito en el tomo 8, página 185, de la Sección Segunda del Registro Civil de esta ciudad, con todos los efectos legales inherentes a tal pronunciamiento.

No se efectúa expresa imposición de las costas procesales causadas.

Notifíquese esta resolución a las partes, con apercibimiento de que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado, en los términos y plazos establecidos en el artículo 458 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento civil, para su resolución por la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Firme que sea esta resolución, expídase testimonio de la misma al encargado del Registro Civil de Vigo a fin de que practique las oportunas anotaciones.

Y, encontrándose dicho demandado, Gregorio López Teixeira, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Vigo, 13 de julio de 2016

La letrada de la Administración de justicia