Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 1504/2015
Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 488/2013 Juzgado de lo Social número 1 de Vigo
Recurrentes: Extraco, Construccións e Proxectos, S.A., Suministros e Instalaciones Eléctricas Vigo Sielvigo, S.L., Maria das Graças Caramello Bittencourt, Yuri Caramello Bittencourt Capelo da Costa
Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Consellería de Medio Ambiente, Dido Roberto Legat Capelo da Costa, Ludmila Patricia Legat Capelo da Costa
Recurrido: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Abogada: Rosario Rodríguez de la Morena
Recurrido: Copredije, S.A.
Abogada: Verónica Lagares Tena
Casación en unificación de doctrina: 217/2016
Parte recurrente: Suministros e Instalaciones Eléctricas Vigo Sielvigo, S.L.
María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 1504/2015 seguido a instancia de Extraco, Construccións e Proxectos, S.A., Maria das Graças Caramello Bittencourt, Yuri Caramello Bittencourt Capelo da Costa contra Suministros e Instalaciones Eléctricas Vigo Sielvigo, S.L., Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Unión Fenosa Distribución, S.A., Consellería de Medio Ambiente, Copredije, S.A., Dido Roberto Legat Capelo da Costa, Ludmila Patricia Legat Capelo da Costa, sobre recargo de accidente, se ha dictado la siguiente resolución:
«Diligencia de ordenación de la letrada de la Administración de justicia María Isabel Freire Corzo
A Coruña, 22 de julio de 2016.
El anterior escrito suscrito por el letrado Feliciano Nogueira Vidal, en nombre de Suministrios e Instalaciones Eléctricas Sielvigo, S.L., únase al recurso de su razón junto con sus copias.
Se tiene por interpuesto el recurso de casación para unificación de doctrina. Fórmese pieza separada que se encabezará con testimonio de la sentencia dictada por esta sala y emplácese a las demás partes para que se personen por escrito de letrado, ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo dentro del plazo de diez días, aportando copias de dicho escrito y designando un domicilio para notificaciones en la sede de dicha sala, debiendo acreditar la representación de la parte de no constar previamente en las actuaciones.
Expídase testimonio de la sentencia de contraste recaída en el RSU 2496/2010 con expresión de su firmeza, la que se unirá al rollo.
Verificado, remítanse las actuaciones a dicho tribunal.
La parte recurrente se entiende personada de derecho con la remisión de las actuaciones.
Comuníquese al Juzgado de lo Social número 1 de Vigo que la resolución de esta sala ha sido recurrida en casación para unificación de doctrina.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Lo acuerdo y firmo. Doy fe».
Y para que sirva de notificación en legal forma Ludmila Patricia Legat Capelo da Costa y Dido Roberto Legat Capelo da Costa, actualmente en ignorado paradero, con último domicilio conocido en la calle Zamora, 81, bajo izquierda, Vigo, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 22 de julio de 2016
La letrada de la Administración de justicia