BDNS (Identif.): 312731.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Entidades beneficiarias
Las cooperativas y sociedades laborales que lleven a cabo proyectos empresariales subvencionables, entendiendo como tales la constitución, la transformación de otras fórmulas empresariales en cooperativas o sociedades laborales o el lanzamiento de nuevas áreas funcionales o territoriales de actividad.
Segundo. Objeto y finalidad
Fomentar la economía social, concediendo subvenciones que faciliten la puesta en marcha de los proyectos empresariales, tanto de nueva creación de cooperativas o sociedades laborales como generados por las existentes.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 30 de junio de 2016 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento del emprendimiento en economía social (Programa Aprol-economía social), cofinanciadas parcialmente con cargo al Programa operativo del Fondo Social Europeo y al Programa operativo de empleo juvenil, y se convocan para el año 2016 (http://www.emprego.ceei.xunta.gal).
Cuarto. Cuantía
La cuantía de la ayuda podrá ascender al 75 % de ciertos gastos, con el límite máximo de 3.000 € por beneficiaria. Estas cuantías se incrementarán en un 15 %, si el nuevo proyecto supone la apertura de un centro de trabajo en un ayuntamiento rural, y en un 25 %, si se trata de una cooperativa juvenil.
El presupuesto del programa es de sesenta mil euros (60.000 €).
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
Un mes a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Sexto. Otros datos
Los incentivos a los que se refiere esta convocatoria están sometidos al régimen de ayudas de minimis, por lo que no podrán exceder de los límites cuantitativos establecidos en los reglamentos de la Comisión (UE) 1407/2013, 1408/2013 o 717/2014, según proceda.
Santiago de Compostela, 30 de junio de 2016
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria