María Luisa Sánchez Garrido, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Pontevedra con sede en Vigo, por el presente anuncio:
En el presente procedimiento de juicio verbal nº 467/2014, seguido a instancia de E.S. Peineto, S.L. frente a Josefina Jalde Pena, se ha dictado sentencia nº 87/2015 el 14 de mayo de 2015, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Fallo que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales Ana Pazo Irazu, en nombre y representación de E.S. Peineto, S.L., debo condenar y condeno a Josefina Jalde Pena, a que indemnice al demandante en la cantidad de 3.522,60 euros, más los intereses legales desde la fecha de la sentencia, incrementados en dos puntos.
Con expresa imposición de las costas a la demandada.
La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Pontevedra, que habrá de interponerse en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación ante este mismo juzgado, conforme a lo dispuesto en los artículos 457 y siguientes de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil».
Y encontrándose dicha demandada, Josefina Jalde Pena, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
Vigo, 3 de febrero de 2016
La letrada de la Administración de justicia