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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Miércoles, 6 de julio de 2016 Pág. 28772

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1355/2013).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 1355/2013 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Pablo Mosquera Novoa contra la empresa Grupo Bordex, S.L., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezado y parte dispositiva se adjunta:

Sentencia.

En A Coruña a 26 de mayo de 2016.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el nº 1355/2013 siendo parte en el mismo, de un lado como demandante Pablo Mosquera Novoa y con DNI 46898266-R representado por el letrado Antonio Pousa Menens y como demandado Grupo Bordex, S.L. y Fogasa, que no comparecen pese a estar citados en legal forma sobre reclamación de cantidad ha pronunciado en nombre de el rey la siguiente sentencia:

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por el actor Pablo Mosquera Novoa debo condenar y condeno a la empresa R-Bordex Unión, S.L. a que abone al actor la cantidad de 4.056,20 euros por los conceptos reclamados en demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Para que sirva de notificación en legal forma a Grupo Bordex, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el DOG.

A Coruña, 26 de mayo de 2016

La letrada de la Administración de justicia