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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Miércoles, 6 de julio de 2016 Pág. 28774

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (416/2013).

María Adelaida Egurbide Margañón, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento ordinario 416/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Carlos Javier Santos Rodríguez contra la empresa Iso-Java, S.L., Fondo de Garantía Salarial, Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuyo encabezado y parte dispositiva se adjunta:

Sentencia.

En A Coruña a dieciocho de septiembre de dos mil quince.

Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 416/2013 siendo parte en el mismo, de un lado como demandante Carlos Javier Santos Rodríguez asistido del letrado José Paramo Sureda y como demandado Iso-Java, S.L. y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen a pesar de haber sido citados en legal forma según consta en las actuaciones, sobre cantidad, ha pronunciado en nombre del rey, la siguiente sentencia

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por el actor Carlos Javier Santos Rodríguez, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Iso-Java, S.L. a que abone al actor la cantidad de 3.989,95 euros por los conceptos reclamados en demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al anunciar el recurso entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá en el momento de interponer el recurso consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Iso-Java, S.L., expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 26 de mayo de 2016

La letrada de la Administración de justicia