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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Miércoles, 1 de junio de 2016 Pág. 21127

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Lalín

EDICTO (256/2012).

Yo, Ana Hernández Mora, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Lalín, hago saber que, en virtud de lo acordado en los autos de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se notifica a Fausto Manuel dos Santos Delgado y a Guida Isabel de Almeida Rocha la sentencia dictada, en cuyo encabezamiento y fallo figuran los siguientes datos.

«Sentencia.

Lalín, 20 de febrero de 2014

Vistos y examinados por Carmen Riveiros Santiago, jueza titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Lalín, los autos de juicio ordinario nº 256/2012, a instancia del procurador Sr. Nistal Riádigos, en nombre y representación de Lindorff Holding Spain, S.L.U., defendido por el letrado Sr. del Río Varela, contra Fausto Manuel dos Santos Delgado y Guida Isabel de Almeida Rocha, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad.

Fallo, en el cual se hace constar:

Notifíquese la resolución a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este juzgado, recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que no será admitido a trámite si no se acreditara por la parte interesada haber constituido el depósito requerido por la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica del poder judicial, introducida mediante la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

Háganse las anotaciones correspondientes en el libro de asuntos y llévese la presente al libro legajo de sentencias y autos de este juzgado y testimonio de la misma a los autos principales

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el juez que la dictó, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha. Doy fe.

Lalín, 10 de noviembre de 2014

La secretaria judicial