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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Miércoles, 1 de junio de 2016 Pág. 21126

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense

EDICTO (90/2015).

María Regina Domínguez Cougil, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense, hago saber que en el procedimiento arriba referenciado se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Sentencia

En la ciudad de Ourense a 16 de marzo de 2016.

Vistos por María del Pilar Domínguez Comesaña, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de los de esta ciudad, los autos de juicio ordinario 90/2015 seguidos ante este juzgado a instancia de la procuradora Sonia Ogando Vázquez, quien actúa en representación de Vicente Fernández García, asistido del letrado Jordi Cinca Pasquet, contra Promociones Huidoba, S.L. en situación de rebeldía. Versan los presentes autos sobre reclamación de cantidad.

Fallo que, estimando la demanda interpuesta por la procuradora Sonia Ogando Vázquez, en representación de Vicente Fernández García, contra Promociones Huidoba, S.L., condeno a dicha demandada a abonar al actor la cantidad de 7.630 € y, en concepto de indemnización por mora el interés legal de dicha cantidad desde la fecha de la demanda y hasta la fecha de la sentencia, a partir de la cual el interés aplicable será el previsto en el artículo 576 de la Ley de enjuiciamiento civil (LEC). Las costas se imponen a la parte demandada.

Esta sentencia no es firme. Contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a su notificación ante este mismo juzgado y en la forma indicada en el artículo 458 de la LEC.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo. María del Pilar Domínguez Comesaña, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Ourense».

Que, en virtud de lo acordado en los autos de referencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC en relación con el artículo 161 de la misma ley, para que sirva de notificación a Promociones Huidoba, S.L. libro el presente edicto.

Ourense, 25 de abril de 2016

La letrada de la Administración de justicia