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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 100 Viernes, 27 de mayo de 2016 Pág. 20486

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (3599/2015 MRA).

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sección Primera de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 3599/2015 de esta sección, seguido a instancia de Elisa Meira Lameiro contra María del Carmen Fernández Rey, Eugenio Moure Meira sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos:

Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Elisa Meira Lameiro contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Pontevedra, de fecha 5 de septiembre de 2014, en autos 476/2013, sobre cantidades, que se confirma.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta sala de lo social del TSJ de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral».

Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG a fin de que sirva de notificación en forma a Eugenio Moure Meira, con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 29 de abril de 2016

La letrada de la Administración de justicia