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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 60 Miércoles, 30 de marzo de 2016 Pág. 11433

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 16 de marzo de 2016 por la que se convoca concurso de méritos para la selección y el nombramiento de la Dirección de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

La Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, modifica los artículos 133, 134 y 135 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, relativos a la selección de la Dirección de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas reguladas en esta ley, los requisitos para ser candidatos a directora y el procedimiento de selección. En el artículo 135.1 se establece que para la selección de las direcciones en los centros públicos, las administraciones educativas convocarán concurso de méritos y establecerán los criterios objetivos y el procedimiento de selección, así como los criterios de valoración de los méritos del candidato y del proyecto presentado.

Procede convocar concurso de méritos para seleccionar las direcciones de los centros que terminan su mandato en el actual curso académico 2015/16 y no solicitaron la correspondiente prórroga y aquellas direcciones que terminan su mandato de carácter extraordinario o accidental.

La convocatoria se ajusta a lo previsto en la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, y a los preceptos que se mantienen vigentes del Decreto 29/2007, de 8 de marzo, por el que se regula la selección, nombramiento y cese de los directores y directoras de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

En su virtud, la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

DISPONE:

Primero. Convocatoria

Se convoca concurso de méritos para seleccionar y nombrar las direcciones de los centros docentes públicos donde se imparten enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, que se relacionan en el anexo I a esta orden.

La selección se realizará de conformidad con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.

Segundo. Requisitos para ser candidata o candidato a la Dirección

1. Para participar en este concurso de méritos para ser nombrada directora o director de un centro docente público dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria deberán reunirse los siguientes requisitos:

a) Ser funcionaria o funcionario de carrera de un cuerpo docente a que se refiere la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación.

b) Tener una antigüedad de por lo menos cinco años como funcionaria o funcionario en la función pública docente.

c) Haber impartido docencia directa como funcionaria o funcionario, durante un período de por lo menos cinco años, en alguna de las enseñanzas de las que ofrece el centro a que se opta. A estos efectos, se entiende que las funcionarias y funcionarios responsables de la orientación educativa y profesional imparten docencia directa.

d) Estar prestando servicios en un centro educativo dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

En el supuesto de estar en una situación administrativa distinta de la de activo, el último centro en el que se prestó servicios debe ser dependiente de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y deberá reunir los requisitos para reingresar con efectividad de 1 de julio de 2016.

2. Para participar en el concurso de méritos para ser nombrada directora o director de un centro público específico de educación infantil, incompleto de educación primaria, en los de educación secundaria con menos de ocho unidades, en que se imparten enseñanzas artísticas profesionales, deportivas, de idiomas o en los centros específicos de adultos con menos de ocho profesores, no se exigirán los requisitos establecidos en las letras b) y c) del punto 1 de esta epígrafe.

Tercero. Solicitudes y documentación

1. La solicitud de participación en el concurso de méritos se dirigirá a la jefatura territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria de la provincia correspondiente, y podrá imprimirse y descargar una vez formalizados los datos de participación en el concurso a través de la dirección web www.edu.xunta.es/cxt

Se recuerda que para acceder a este servicio web es preciso tener cuenta de correo electrónico en el dominio edu.xunta.es por lo que, quien no la tenga, deberá solicitarla a través de la página web https://www.edu.xunta.es/contausuario

Junto con la solicitud se incluirá además:

a) Documentación acreditativa de los méritos académicos y profesionales alegados en relación con el baremo que se publica como anexo II a esta orden, excepto aquellos que ya consten en la base de datos de personal.

b) Proyecto de dirección que incluya, por lo menos, los objetivos, las líneas de actuación y su evaluación. En el proyecto de dirección deberá hacerse referencia, entre sus objetivos generales y las líneas prioritarias de actuación, a lo previsto en los artículos 9 y 10 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres.

El proyecto de dirección no excederá de 30 folios DIN A4, en un tipo de letra: Times New Roman, espacio entre líneas: 1,5 y tamaño de letra 12 puntos.

c) Cualquier otra documentación que la candidata o candidato considere idónea en interés de su solicitud.

2. Se efectuará una solicitud por cada centro que se demande hasta un máximo de dos.

3. Asimismo, los participantes en el concurso de méritos remitirán al centro o centros docentes que soliciten una copia de su proyecto de dirección. Este proyecto estará a disposición de los miembros del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar en la Secretaría del centro durante un período mínimo de 10 días lectivos, en el horario que establezca la Dirección del centro.

En el tablón de anuncios de la sala de profesores se expondrá una relación de las candidaturas presentadas, así como el plazo y el horario en que podrán verse los proyectos de dirección en la Secretaría.

4. La solicitud, junto con la documentación a que se alude en el punto anterior, podrá presentarse en cualquiera de las dependencias a que alude el artículo 38 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

En el caso de que se opte por presentar su solicitud ante una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea datada y sellada por el funcionario de Correos antes de ser certificada.

Cuarto. Plazo de solicitud

El plazo de presentación de solicitudes y documentación será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Quinto. Comisión de Selección

1. En cada centro educativo se constituirá una comisión de selección, nombrada por el jefe o jefa territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que tendrá como sede la localidad y local que decida su presidencia y que tendrá la siguiente composición:

a) Una inspectora o inspector de Educación, designado por el jefe territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que ejercerá como presidenta o presidente.

b) Tres inspectores o directores de centros educativos públicos, designados por el jefe o jefa territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

c) Dos profesoras o profesores del centro elegidos por el Claustro de Profesores, en reunión extraordinaria para estos efectos. En caso de producirse empate en el número de votos, se repetirá una vez la votación, y de persistir el empate, se dirimirá por sorteo.

d) Un miembro del Consejo Escolar, elegido por y entre los miembros del Consejo Escolar. En caso de producirse empate en el número de votos, se repetirá una vez la votación, y de persistir el empate, se dirimirá por sorteo.

2. Actuará como secretaria o secretario de la comisión el representante del Claustro de Profesores con menor antigüedad como funcionaria o funcionario de carrera y, en caso de empate, el más joven.

3. La representación del Consejo Escolar del centro no podrá recaer en el alumnado que esté matriculado en un curso inferior a tercero de educación secundaria obligatoria.

4. En ningún caso, las candidatas o candidatos a la Dirección podrán formar parte de la Comisión de Selección.

5. Se designarán suplentes de los miembros de la Comisión de Selección en cada uno de los ámbitos de representación que actuarán en sustitución de los titulares cuando exista causa justificada que impida la actuación de éstos.

6. A los miembros de la Comisión de Selección les serán de aplicación las normas sobre abstención y recusación previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

7. La Dirección del centro efectuará la propuesta de nombramiento de los representantes del Claustro y del Consejo Escolar en la Comisión de Selección a la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de los cinco días siguientes a la finalización del plazo de solicitudes establecido en el epígrafe cuarto de esta orden, sin que se tengan en consideración posibles ampliaciones del mismo.

8. La no elección de los representantes del Claustro de Profesores o del Consejo Escolar no impedirá la constitución y el normal funcionamiento de la Comisión de Selección.

9. La composición de la Comisión de Selección se publicará en el tablón de anuncios del centro.

Sexto. Composición de la Comisión de Selección en determinados supuestos

Cuando el número de profesorado del centro sea inferior a cuatro o el número de candidaturas a la Dirección no le permita al Claustro elegir dos miembros de entre el profesorado, la composición de la Comisión de Selección será la siguiente:

– Una inspectora o inspector de Educación, designado por el jefe o jefa territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, que ejercerá como presidenta o presidente.

– Dos inspectores o directores de centros educativos públicos, designados, por el/la jefe/a territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

– Un profesor o profesora del centro elegida por el Claustro de Profesorado.

– Un miembro del Consejo Escolar, elegido por y entre sus componentes.

Séptimo. Funciones de la Comisión de Selección y procedimiento de funcionamiento

1. Recibidas las solicitudes dirigidas a la Jefatura Territorial, la Comisión de Selección comprobará que el personal aspirante reúne los requisitos establecidos en esta orden y le notificará la admisión o rechazo de su petición.

2. Contra el rechazo de la solicitud los aspirantes podrán presentar reclamación ante la propia comisión seleccionadora, en el plazo de cinco días naturales contados desde el día siguiente al de la notificación del rechazo de la solicitud.

3. La Comisión de Selección valorará los méritos académicos y profesionales de cada aspirante, de acuerdo con el baremo que se publica como anexo II a esta orden.

4. La Comisión de Selección valorará, asimismo, los proyectos de dirección, de acuerdo con lo establecido en el baremo que se publica en el anexo II de esta orden, y podrá tener una entrevista con el profesorado que presentó candidatura si considera necesario clarificar algunos aspectos del proyecto de dirección. Cuando la Comisión de Selección decida la realización de esta entrevista, deberá efectuarla a todos y cada uno de los candidatos y candidatas.

5. La calificación del proyecto de dirección será la media aritmética de las calificaciones de todos los miembros presentes de la comisión. Cuando entre las puntuaciones otorgadas por los miembros de la comisión exista una diferencia de tres o más enteros, serán excluidas automáticamente las calificaciones máxima y mínima, calculándose la puntuación media entre las calificaciones restantes. En el caso de empate entre calificaciones máximas o mínimas, únicamente será excluida una de ellas.

6. Contra las puntuaciones otorgadas por la Comisión de Selección podrá presentarse reclamación ante la propia comisión en el plazo de diez días hábiles computados a partir del día siguiente al de su publicación en el tablón de anuncios del centro educativo.

Octavo. Selección de las candidaturas

1. Transcurrido el plazo de reclamaciones y, si es el caso, resueltas estas, la Comisión de Selección establecerá la puntuación final obtenida por los aspirantes y seleccionará la candidata o candidato que propondrá como directora o director del centro, para su nombramiento por la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

2. Para poder ser seleccionado y ser nombrado para la Dirección es necesario obtener por lo menos seis puntos en el proyecto de dirección.

3. En caso de producirse empates en la puntuación total de los aspirantes, éstos se dirimirán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor puntuación en el proyecto de dirección.

b) Mayor puntuación en el epígrafe 2 del baremo.

c) Mayor puntuación en el epígrafe 1 del baremo.

4. Si una candidata o candidato resultara seleccionado/a para dos centros, resultará nombrado/a en el centro en que tuviera destino definitivo. De no tener destino definitivo en ninguno de los centros, será nombrado/a en el centro por el que opte y se procederá a seleccionar y nombrar en el centro no elegido a otro u otra aspirante que reúna los requisitos con mayor puntuación.

Noveno. Recursos

Contra la decisión de la Comisión de Selección, en que resuelve definitivamente el concurso de méritos de selección y nombramiento de la Dirección del centro, cabe recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Décimo. Nombramiento

1. La Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria procederá a nombrar directora a la persona propuesta por la Comisión Evaluadora.

2. Los nombramientos de las direcciones se realizarán con efectividad del 1 de julio de 2016 y por una duración de cuatro años, prorrogables de acuerdo con lo previsto en el artículo 136 de la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la redacción dada por la Ley 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.

3. Cuando el nombramiento recaiga en una funcionaria o funcionario que no tenga destino definitivo en el centro, la Dirección se desempeñará en régimen de comisión de servicios.

Undécimo. Nombramiento con carácter extraordinario

En los supuestos de ausencia de candidatos, cuando la comisión correspondiente no seleccione a ningún candidato o en los centros de nueva creación, la Dirección será nombrada por la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, oídos el Claustro de Profesores y el Consejo Escolar, por un período de dos años, entre el profesorado que reúna los requisitos establecidos en el epígrafe segundo de esta orden.

Santiago de Compostela, 16 de marzo de 2016

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I
Centros con plaza vacante de Dirección para el curso 2016/17

Código

Centro

Municipio

Provincia

15026637

CEIP de Barouta

Ames

Coruña, A

15023314

IES de Sabón

Arteixo

Coruña, A

15023302

IES Manuel Murguía

Arteixo

Coruña, A

15032716

CEIP de Arteixo

Arteixo

Coruña, A

15020933

EEI de Barrionovo

Arteixo

Coruña, A

15000612

CEIP de Arzúa

Arzúa

Coruña, A

15001471

CEIP Praia Xardín

Boiro

Coruña, A

15032212

CRA Os Remuíños

Cabana de Bergantiños

Coruña, A

15027873

IES Afonso X O Sabio

Cambre

Coruña, A

15023065

CEIP Gonzalo Torrente Ballester

Cambre

Coruña, A

15020969

CEIP Mosteiro de Caaveiro

Capela, A

Coruña, A

15027307

IES Isidro Parga Pondal

Carballo

Coruña, A

15002591

IES Monte Neme

Carballo

Coruña, A

15027885

IES Lamas Castedo

Carnota

Coruña, A

15003789

CEIP Praia de Quenxe

Corcubión

Coruña, A

15005038

CEIP de Prácticas

Coruña, A

Coruña, A

15023363

CEIP Plurilingüe Manuel Murguía

Coruña, A

Coruña, A

15032303

CMUS Profesional da Coruña

Coruña, A

Coruña, A

15026492

CMUS Superior da Coruña

Coruña, A

Coruña, A

15005257

IES Ramón Menéndez Pidal

Coruña, A

Coruña, A

15004988

CEIP Eusebio da Guarda

Coruña, A

Coruña, A

15005269

IES Urbano Lugrís

Coruña, A

Coruña, A

15027770

IES A Sardiñeira

Coruña, A

Coruña, A

15005211

IES Salvador de Madariaga

Coruña, A

Coruña, A

15027903

IES Eduardo Blanco Amor

Culleredo

Coruña, A

15023399

CPI Plurilingüe Eusebio Lorenzo Baleirón

Dodro

Coruña, A

15006742

IES Concepción Arenal

Ferrol

Coruña, A

15025566

IES Ferrol Vello

Ferrol

Coruña, A

15025645

IES Ricardo Carballo Calero

Ferrol

Coruña, A

15006791

IES Saturnino Montojo

Ferrol

Coruña, A

15006730

IES Sofía Casanova

Ferrol

Coruña, A

15024938

CEIP de Esteiro

Ferrol

Coruña, A

15006845

CEIP Isaac Peral

Ferrol

Coruña, A

15027654

IES Agra de Leborís

Laracha, A

Coruña, A

15026765

CEIP Milladoiro

Malpica de Bergantiños

Coruña, A

15027940

IES As Insuas

Muros

Coruña, A

15026388

IES Plurilingüe Fontexería

Muros

Coruña, A

15009998

CEIP Ramón de Artaza y Malvárez

Muros

Coruña, A

15025268

IES As Telleiras

Narón

Coruña, A

15010058

CPI do Feal

Narón

Coruña, A

15023740

CEIP A Solaina

Narón

Coruña, A

15023508

CEIP Plurilingüe Virxe do Mar

Narón

Coruña, A

15026111

CRA de Narón

Narón

Coruña, A

15027216

IES Fernando Esquío

Neda

Coruña, A

15010307

CEIP San Isidro

Neda

Coruña, A

15010575

CEIP O Coto

Negreira

Coruña, A

15010812

IES Virxe do Mar

Noia

Coruña, A

15010681

CEIP Plurilingüe Alexandre Rodríguez Cadarso

Noia

Coruña, A

15023089

CEIP Luís Seoane

Oleiros

Coruña, A

15027939

IES Plurilingüe Maruxa Mallo

Ordes

Coruña, A

15027964

IES de Oroso

Oroso

Coruña, A

15032868

CEIP de Oroso

Oroso

Coruña, A

15011567

CEIP de Sigüeiro

Oroso

Coruña, A

15012225

CEIP Emilio Navasqüés

Outes

Coruña, A

15012420

CEIP de Oza dos Ríos

Oza-Cesuras

Coruña, A

15019347

CPI Camiño de Santiago

Pino, O

Coruña, A

15025530

IES da Pobra do Caramiñal

Pobra do Caramiñal, A

Coruña, A

15013230

CEIP As Forcadas

Ponteceso

Coruña, A

15024963

CEIP Plurilingüe de Andrade

Pontedeume

Coruña, A

15025694

IES Moncho Valcarce

Pontes de García Rodríguez, As

Coruña, A

15021767

IES Castro da Uz

Pontes de García Rodríguez, As

Coruña, A

15027691

IES de Porto do Son

Porto do Son

Coruña, A

15025062

CEIP de Portosín

Porto do Son

Coruña, A

15014180

CEIP Alfonso D. Rodríguez Castelao

Rianxo

Coruña, A

15027711

IES Leliadoura

Ribeira

Coruña, A

15014261

CEIP Heroínas de Sálvora

Ribeira

Coruña, A

15014271

CEIP Plurilingüe de Artes

Ribeira

Coruña, A

15014465

CEIP Plurilingüe de Palmeira

Ribeira

Coruña, A

15014738

CPI Plurilingüe dos Dices

Rois

Coruña, A

15026777

CEIP Plurilingüe Pepe de Xan Baña

Santa Comba

Coruña, A

15026157

CRA de Santa Comba

Santa Comba

Coruña, A

15025712

IES Antonio Fraguas Fraguas

Santiago de Compostela

Coruña, A

15025301

IES Arcebispo Xelmírez II

Santiago de Compostela

Coruña, A

15022590

CEIP de Roxos

Santiago de Compostela

Coruña, A

15015688

CEIP Raíña Fabiola

Santiago de Compostela

Coruña, A

15025074

CEIP da Igrexa

Somozas, As

Coruña, A

15026509

CRA de Valdoviño

Valdoviño

Coruña, A

15019086

CEIP Labarta Pose

Zas

Coruña, A

27000010

CEIP Aquilino Iglesia Alvariño

Abadín

Lugo

27015891

IES da Terra Chá. José Trapero Pardo

Castro de Rei

Lugo

27003175

IES Val do Asma

Chantada

Lugo

27006449

CEIP Rosalía de Castro

Lugo

Lugo

27006954

CEIP Álvaro Cunqueiro Mora

Mondoñedo

Lugo

27014860

CEIP A Gándara

Monforte de Lemos

Lugo

27016662

CEIP de Monforte de Lemos

Monforte de Lemos

Lugo

27008513

CEIP Laverde Ruíz

Outeiro de Rei

Lugo

27015967

CPI Uxío Novoneira

Pedrafita do Cebreiro

Lugo

27020690

EOI de Ribadeo

Ribadeo

Lugo

27011287

CEIP Plurilingüe de Riotorto

Riotorto

Lugo

27013314

IES Santiago Basanta Silva

Vilalba

Lugo

27013296

CEIP Manuel Mato Vizoso

Vilalba

Lugo

27013636

IES María Sarmiento

Viveiro

Lugo

27013387

CEIP Antonio Pedrosa Latas

Viveiro

Lugo

32001683

IES Martaguisela

Barco de Valdeorras, O

Ourense

32004398

CEIP Vicente Risco

Cualedro

Ourense

32005408

CEIP Virxe da Pena da Sela

Irixo, O

Ourense

32006929

CPI Terras de Maside

Maside

Ourense

32008793

CEIP Manuel Luis Acuña

Ourense

Ourense

32008811

CEIP Virxe de Covadonga

Ourense

Ourense

32009116

IES 12 de Outubro

Ourense

Ourense

32015207

IES O Couto

Ourense

Ourense

32008951

IES Ramón Otero Pedrayo

Ourense

Ourense

32016042

CEIP de Sandiás

Sandiás

Ourense

32014501

CEIP Rodolfo Núñez Rodríguez

Vilardevós

Ourense

32015141

CEIP San Martiño

Vilariño de Conso

Ourense

32014801

IES Cidade de Antioquía

Xinzo de Limia

Ourense

36000302

CEP de Sabarís

Baiona

Pontevedra

36018963

CEIP de Belesar

Baiona

Pontevedra

36000247

CPI de Cova Terreña

Baiona

Pontevedra

36000375

CEIP da Torre-Cela

Bueu

Pontevedra

36020246

IES Illa de Ons

Bueu

Pontevedra

36015861

CEIP San Clemente de Cesar

Caldas de Reis

Pontevedra

36019396

IES Francisco Asorey

Cambados

Pontevedra

36018501

IES Monte Carrasco

Cangas

Pontevedra

36015950

CEIP Plurilingüe da Espiñeira-Aldán

Cangas

Pontevedra

36014866

CEIP Manuel Villar Paramá

Estrada, A

Pontevedra

36020258

IES nº 1

Estrada, A

Pontevedra

36018987

CRA Antía Cal

Gondomar

Pontevedra

36017703

CEIP Souto-Donas

Gondomar

Pontevedra

36014878

CEIP de Conmeniño

Grove, O

Pontevedra

36019244

IES A Sangriña

Guarda, A

Pontevedra

36020283

IES da Illa de Arousa

Illa de Arousa, A

Pontevedra

36013011

CEIP da Torre-Illa

Illa de Arousa, A

Pontevedra

36004149

CEIP Xoaquín Loriga

Lalín

Pontevedra

36014982

EEI O Grupo

Marín

Pontevedra

36018446

CEIP da Armenteira

Meis

Pontevedra

36004733

CEIP de Reibón

Moaña

Pontevedra

36004927

CPI de Mondariz

Mondariz

Pontevedra

36017648

CEIP Mestre Valverde Mayo

Mos

Pontevedra

36019402

IES Pazo da Mercé

Neves, As

Pontevedra

36016620

CEIP da Cruz

Nigrán

Pontevedra

36020143

IES de Poio

Poio

Pontevedra

36007242

CEIP de Viñas

Poio

Pontevedra

36020313

IES de Ponte Caldelas

Ponte Caldelas

Pontevedra

36016942

CEIP de Santiago de Oliveira

Ponteareas

Pontevedra

36007621

CPI de Pontecesures

Pontecesures

Pontevedra

36006729

IES Valle-Inclán

Pontevedra

Pontevedra

36006109

CEIP de Parada-Campañó

Pontevedra

Pontevedra

36018379

IES A Xunqueira II

Pontevedra

Pontevedra

36006316

CEIP Príncipe Felipe

Pontevedra

Pontevedra

36019529

IES Ribeira do Louro

Porriño, O

Pontevedra

36014881

CEIP Plurilingüe Alexandre Bóveda

Redondela

Pontevedra

36007631

CEIP de Porto Cabeiro

Redondela

Pontevedra

36007813

CPI Julia Becerra Malvar

Ribadumia

Pontevedra

36024173

CRA María Zambrano

Rosal, O

Pontevedra

36024628

IES Pedras Rubias

Salceda de Caselas

Pontevedra

36020337

IES de Salvaterra de Miño

Salvaterra de Miño

Pontevedra

36016966

CEP Carlos Casares

Salvaterra de Miño

Pontevedra

36008866

CEIP Plurilingüe A Florida

Sanxenxo

Pontevedra

36019256

IES de Vilalonga

Sanxenxo

Pontevedra

36015238

CEIP de Sobrada

Tomiño

Pontevedra

36016668

CEP de Caldelas

Tui

Pontevedra

36014775

CEIP Plurilingüe de Guillarei

Tui

Pontevedra

36014544

IES Indalecio Pérez Tizón

Tui

Pontevedra

36009846

CEIP Plurilingüe nº 1

Tui

Pontevedra

36009901

IES San Paio

Tui

Pontevedra

36020362

IES de Valga

Valga

Pontevedra

36011579

IES A Guía

Vigo

Pontevedra

36024461

IES Audiovisual de Vigo

Vigo

Pontevedra

36010459

CEIP Josefa Alonso de Alonso

Vigo

Pontevedra

36010678

CEIP Paraixal

Vigo

Pontevedra

36016061

CEIP A Doblada

Vigo

Pontevedra

36018185

CEIP Pluriligüe Pintor Laxeiro

Vigo

Pontevedra

36017430

IES Ricardo Mella

Vigo

Pontevedra

36018941

EOI de Vigo

Vigo

Pontevedra

36019670

IES do Castro

Vigo

Pontevedra

36010071

CEIP Santa Mariña

Vigo

Pontevedra

36010472

CEIP Plurilingüe Ría de Vigo

Vigo

Pontevedra

36024471

CMUS Profesional de Vigo

Vigo

Pontevedra

36011580

IES San Tomé de Freixeiro

Vigo

Pontevedra

36010423

CEIP Valle-Inclán

Vigo

Pontevedra

36011634

IES Politécnico de Vigo

Vigo

Pontevedra

36010265

EEI Cristo da Victoria

Vigo

Pontevedra

36015627

CEIP García Barbón

Vigo

Pontevedra

36012377

CEIP de Cerdeiriñas

Vila de Cruces

Pontevedra

36019451

CEIP A Escardia

Vilagarcía de Arousa

Pontevedra

36012407

CEIP A Lomba

Vilagarcía de Arousa

Pontevedra

36018380

IES Miguel Ángel González Estévez

Vilagarcía de Arousa

Pontevedra

36019414

IES A Basella

Vilanova de Arousa

Pontevedra

36013059

CEIP de Viñagrande-Deiro

Vilanova de Arousa

Pontevedra

36013023

CEIP de San Roque

Vilanova de Arousa

Pontevedra

ANEXO II

Méritos

Puntos

Documentación justificativa

1. Antigüedad (máximo 4 puntos).

1.1. Por cada año de servicios como funcionaria o funcionario que superen los cinco exigidos como requisitos:

0,50

Fotocopia cotejada del título administrativo con las diligencias de las distintas posesiones y ceses que tuviera desde su nombramiento como funcionaria o funcionario o, en su caso, de los correspondientes documentos de inscripción en los registros de personal.

1.2. Por cada año de servicios como funcionaria o funcionario en otros cuerpos o escalas docentes que impartan alguna de las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación:

0,25

Fotocopia cotejada del título administrativo con las diligencias de las distintas posesiones y ceses que tuviera desde su nombramiento como funcionaria o funcionario o, en su caso, de los correspondientes documentos de inscripción en los registros de personal.

2. Desempeño de la Dirección de centros públicos y otros cargos directivos y de puestos en la Administración educativa (máximo seis puntos).

2.1. Por cada año como directora o director en un centro que impartiera alguna de las enseñanzas del centro a que se opta:

a) En el centro al que se opta

b) En otros centros

1

0,60

Fotocopia cotejada del nombramiento, con las diligencias de la toma de posesión y cese.

2.2. Por cada año como directora o director en un centro que no impartiera alguna de las enseñanzas del centro al que se opta:

0,50

Fotocopia cotejada del nombramiento, con las diligencias de la toma de posesión y cese.

2.3. Por cada año como subdirector o jefe de servicio en puestos de la Administración educativa:

0,50

Fotocopia cotejada del nombramiento, con las diligencias de la toma de posesión y cese.

2.4. Por cada año como vicedirector, subdirector, secretario o jefe de estudios de un centro que impartiera alguna de las enseñanzas del centro a que se opta:

a) En el centro al que se opta

b) En otros centros

0,50

0,30

Fotocopia cotejada del nombramiento, con las diligencias de la toma de posesión y cese.

2.5. Por cada año como vicedirector, subdirector, secretario o jefe de estudios de un centro que no impartiera alguna de las enseñanzas del centro a que se opta:

0,25

Fotocopia cotejada del nombramiento, con las diligencias de la toma de posesión y cese.

2.6. Por cada año como jefe de departamento, coordinador de los equipos de normalización lingüística, coordinador de ciclo y análogos de un centro que impartiera alguna de las enseñanzas del centro a que se opta:

0,15

Fotocopia cotejada del nombramiento, con las diligencias de la toma de posesión y de posesión y cese.

3. Méritos académicos: máximo 1 punto.

3.1. Por cada título de doctor:

0,50

Fotocopia cotejada del título o certificación del abono de los derechos de expedición, de acuerdo con el previsto en la Orden ministerial de 8 de julio de 1988 (BOE de 13 de julio).

3.2. Por cada título de licenciado, ingeniero o arquitecto distinto de lo alegado para ingreso en el cuerpo, o por el certificado-diploma de estudios avanzados:

0,25

Fotocopia cotejada del título o certificación del abono de los derechos de expedición, de acuerdo con el previsto en la Orden ministerial de 8 de julio de 1988 (BOE de 13 de julio).

3.3. Por cada título de diplomado universitario o equivalente distinto de lo alegado para ingreso en el cuerpo:

0,15

Fotocopia cotejada del título o certificación del abono de los derechos de expedición, de acuerdo con el previsto en la Orden ministerial de 8 de julio de 1988 (BOE de 13 de julio).

4. Cursos de formación: máximo 3 puntos.

Por cursos de formación relacionados con la función directiva organizados por las administraciones educativas que se encuentren en pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa, por instituciones sin ánimo de lucro que fueran homologados o reconocidos por las administraciones citadas con anterioridad, así como los organizados por las universidades: 0,05 puntos por cada 10 horas.

4.1. Por actividades y cursos recibidos:

Hasta 2

Certificado de los mismos en que conste de modo expreso el número de horas de duración del curso. En el caso de los organizados por las instituciones sin ánimo de lucro, deberá acreditar de forma que haga fe el reconocimiento u homologación.

4.2. Por cursos impartidos:

Hasta 1

Certificado de los mismos en que conste de modo expreso el número de horas de impartición en el curso. En el caso de los organizados por las instituciones sin ánimo de lucro, deberá acreditar de forma que haga fe el reconocimiento u homologación.

5. Cuerpo de catedráticos.

Por pertenecer a uno de los cuerpos de catedráticos regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación:

0,50

Fotocopia cotejada del título administrativo o credencial o, en su caso, el boletín en que aparezca su nombramiento.

6. Servicio activo.

Por estar en situación de servicio activo:

2,00

7. Destino.

Por tener destino definitivo en el centro al que se concursa:

2,00

6. Proyecto de dirección.

Por el proyecto de dirección:

Hasta 12

Original del mismo.

ANEXO III
Solicitud de participación en el concurso de méritos para la selección de los directores y directoras de los centros docentes públicos que imparten las enseñanzas reguladas en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en la Comunidad Autónoma de Galicia

1. Datos personales.

Primer apellido

Segundo apellido

Nombre

DNI

Dirección (calle, plaza..., número, piso)

Localidad (con indicativo postal)

Provincia

Telf. fijo

Telf. móvil

2. Datos del destino.

Destino definitivo

Cuerpo/especialidad

Destino provisional

Cuerpo/especialidad

3. Centro docente que solicita.

Orden

Código

Centro

Ayuntamiento

1

2

…………………………………....., ... de………………... de 20...

Firma

Jefatura Territorial de ………………….