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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Viernes, 5 de febrero de 2016 Pág. 4147

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda

ORDEN de 26 de enero de 2016 de revocación de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora a la Mutualidad Caixa Galicia de Previsión Social a Prima Fija.

La Mutualidad Caixa Galicia de Previsión Social a Prima Fija, en la asamblea general ordinaria, celebrada con fecha de 25 de junio de 2015, adoptó los acuerdos de disolución voluntaria y nombramiento de liquidadores.

El artículo 26.1.c) del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real decreto legislativo 6/2004, de 29 de octubre, dispone que procede la revocación de la autorización administrativa a las entidades aseguradoras cuando dejen de cumplir los requisitos establecidos por esta ley para el otorgamiento de la misma o incurran en causa de disolución.

El artículo 368 del texto refundido de la Ley de sociedades de capital aprobado por el Real decreto legislativo 1/2010, de 2 de julio, al que se remite el artículo 50 del Reglamento de mutualidades de previsión social, aprobado por el Real decreto 1430/2002, de 27 de diciembre, establece como causa de disolución el acuerdo de la Junta General adoptado con los requisitos establecidos para la modificación de los estatutos.

El artículo 69 del citado texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, establece en el apartado 2 que las comunidades autónomas que según sus estatutos de autonomía tengan asumidas competencias en la ordenación de los seguros, concederán y revocarán la autorización administrativa a las mutualidades de previsión social, previo informe de la Administración general del Estado. La falta de emisión de dicho informe en el plazo de seis meses se considerará como manifestación de conformidad a la concesión de la autorización administrativa o, en su caso, a su revocación. Este informe fue solicitado, a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Competitividad, el 24 de julio de 2015. Con fecha de 26 de enero de 2016, la Subdirección General de Ordenación y Mediación en Seguros de la Dirección General de Seguros y fondos de Pensiones, emite informe favorable sobre la revocación.

Las competencias en la materia están recogidas en el Decreto 340/1996, de 13 de septiembre, por el que se asumen los servicios transferidos a la Comunidad Autónoma de Galicia mediante el Real decreto 1642/1996, de 5 de julio, en materia de mutualidades de previsión social no integradas en la Seguridad Social y se asignan a la Consellería de Economía y Hacienda y en el Decreto 101/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda.

En base a todo lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Política Financiera y Tesoro,

RESUELVO:

Revocar, conforme a lo dispuesto en el artículo 26.1.c) del texto refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, la autorización administrativa concedida para el ejercicio de la actividad aseguradora a la entidad Mutualidad Caixa Galicia de Previsión Social a Prima Fija. La revocación determina, en todo caso, la prohibición inmediata de la contratación de nuevos seguros por la entidad y deja sin efecto cualquier otra autorización o calificación administrativa que se deriven del ejercicio de tal actividad.

Contra esta orden, que pone fin a vía administrativa, cabe interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, según los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso- administrativa.

Santiago de Compostela, 26 de enero de 2016

Valeriano Martínez García
Conselleiro de Hacienda