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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 25 de enero de 2016 Pág. 2729

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (349/2013).

Yo, Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 349/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Gregorio Amor Castro contra Prefabricación y Montajes del Norte, S.A., Metálicas Soutelo, S.L. y el Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia:

A Coruña, 18 de diciembre de 2015.

María Marta Guillemet García, jueza por sustitución del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 349/2013, en que son parte, de un lado como demandante, José Gregorio Amor Castro, asistido por el letrado Sr. Pena Díaz y, de otro, como demandada, la empresa Prefabricación y Montajes del Norte, S.A. asistida y representada por el letrado Sr. López Núñez, la entidad Metálicas Soutelo, S.L., que no comparece, y el Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado, en nombre de su majestad el rey, la siguiente sentencia:

Fallo:

1º. Se estima la demanda formulada por José Gregorio Amor Castro frente a Metálicas Soutelo, S.L. y, en consecuencia, se condena a Metálicas Soutelo S.L., a abonar al demandante la cantidad de catorce mil ciento dieciséis euros con sesenta y un céntimos (14.116,61 €).

Con intervención del Fondo de Garantía Salarial.

2º. Se desestima la demanda presentada por José Gregorio Amor Castro frente a Prefabricados y Montajes del Noroeste, S.A. y se absuelve a la demandada de las pretensiones contra ella formuladas.

Notifíquese la resolución a las partes.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncia, manda y firma, María Marta Guillemet García, jueza por sustitución del Juzgado de lo Social de refuerzo.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Metálicas Soutelo, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 18 de diciembre de 2015

La secretaria judicial