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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 15 Lunes, 25 de enero de 2016 Pág. 2731

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (SSS 1216/2013).

Yo, Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de seguridad social 1216/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Mutual Midat Cyclops contra Complejo San Roque, S.L., la Tesorería General de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Dirección Provincial de A Coruña, sobre seguridad social, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 18 de diciembre de 2015

Vistos por María Marta Guillemet García, jueza por sustitución del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña y su partido, los presentes autos de juicio 1216/2013, seguidos a instancia de la mutua Mutual Midat Cyclops, representada por la letrada Blanca Fernández-Chao, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, representadas por la letrada Ana Pardo Costas y contra la entidad Complejo San Roque, S.L, que no comparece, sobre reintegro de prestaciones anticipadas,

Fallo:

Que, estimando la demanda presentada por la mutua Midat Cyclops, debo condenar y condeno a la empresa Complejo San Roque, S.L. a que reintegre a la mutua la cantidad de 725,92 € en concepto de prestaciones de incapacidad temporal y gastos sanitarios abonados a las trabajadoras Diana Patricia Luengas Becerra y Natalia García Mata, con responsabilidad subsidiaria del Instituto Nacional de la Seguridad Social como legal sucesor del Fondo de Garantía de Accidentes de Trabajo, en caso de insolvencia de la empresa.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía.

Así lo acuerda, manda y firma María Marta Guillemet García, jueza por sustitución del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación a Complejo San Roque, S.L., en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 18 de diciembre de 2015

La secretaria judicial