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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Martes, 29 de diciembre de 2015 Pág. 49658

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (1105/2013).

PO procedimiento ordinario 1105/2013

Procedimiento origen:

Sobre ordinario

Demandante: Cruz Isabel Sosa Redco

Abogado: Torcuato Pablo Labella Lozano

Demandados: Fogasa, José Guerra Neu

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento ordinario 1105/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Cruz Isabel Sosa Redco contra José Guerra Neu, se ha dictado la siguiente resolución:

«Sentencia:

En Santiago de Compostela a 4 de diciembre de 2015

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos 1105/2013, promovidos ante este juzgado de lo social sobre reclamación de cantidad, a instancia de Cruz Isabel Sosa Redco, asistida por el letrado Torcuato Labella Lozano contra José Guerra Neu, que no comparece y contra el Fogasa, que no comparece, ha dictado la presente sentencia.

Fallo:

Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda presentada y en consecuencia condeno a José Guerra Neu a pagar a la actora 687,93 euros, de los cuales devengará el interés del artículo 29.3 del ET la suma de 569,32 euros. Condeno al Fogasa a estar y pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.6 inciso primero LRJS.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 191.3 LRJS.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza».

Y para que sirva de notificación en legal forma a José Guerra Neu, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2015

La secretaria judicial