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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 247 Martes, 29 de diciembre de 2015 Pág. 49660

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (459/2014).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 459/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ana Belén Queiro Mariño contra Union Business Factories, S.L., Trece Noventa y Siete, S.L. y el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia.

En Santiago de Compostela a 4 de diciembre de 2015.

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 459/2014, promovidos ante este juzgado de lo social sobre reclamación de cantidad, a instancia de Ana Belén Queiro Mariño, asistida por el letrado Xavier Castro Martínez, contra Union Business Factories, S.L., Trece Noventa y Siete, S.L., administración concursal de Union Business Factories, que no comparecen, habiendo sido citado el Fogasa, que no comparece, ha dictado la presente sentencia.

Fallo que debo estimar y estimo la demanda presentada y, en consecuencia, condeno solidariamente a Union Business Factories, S.L. y Trece Noventa y Siete, S.L. a pagar a Ana Belén Queiro Mariño 1.710,89 euros, cantidad que se incrementará con el interés de los artículos 1100 y siguientes del Código civil. Condeno a la administración concursal de Union Business Factories, S.L. a estar y pasar por esta resolución, en su condición de tal, y al Fogasa a estar y pasar por esta resolución en los términos del artículo 23.6, inciso primero, de la LRXS.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación por razón de la cuantía, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 191.3 LRJS.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Union Business Factories, S.L. y Trece Noventa y Siete, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 4 de diciembre de 2015

La secretaria judicial