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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Lunes, 14 de diciembre de 2015 Pág. 46778

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela

EDICTO (115/2015).

Yo, Cristina Cao Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela, por el presente anuncio procedimiento de divorcio seguido a instancia de Jesús Fontao Mosteiro frente a Paula Andrea Rueda se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallo:

Que estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por la procuradora Sra. Rama Rivera en nombre y representación de Jesús Fontao Mosteiro, asistido de la letrada Sra. Estévez Rodríguez, frente a Paula Andrea Rueda, mayor de edad, reseñada en autos, con DNI 46291401, declarada en rebeldía procesal y sin intervención del Ministerio Fiscal al no concurrir hijos menores de edad o incapaces en el citado matrimonio, debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio contraído por ambos litigantes en fecha 7 de octubre de 2004 en Teo, inscrito en el Registro Civil de esta localidad al tomo 41, página 363, por concurrir la causa prevista en el artículo 86.1 del Código civil, transcurridos más de tres meses de matrimonio.

Firme que sea la presente resolución, remítanse los oportunos oficios para las procedentes anotaciones registrales.

No procede efectuar especial pronunciamiento sobre las costas del presente proceso.

Esta resolución no es firme y frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en los plazos y términos previstos en la vigente Ley de enjuiciamiento civil para su resolución por la Audiencia Provincial de A Coruña (artículos 458 y 776 de la Ley de enjuiciamiento civil), previa consignación del depósito previsto en la disposición adicional 15º de la LOPJ.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo, Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial».

Publicación. Leída y publicada la anterior resolución en audiencia pública por el juez que la dictó, en el día de la fecha, doy fe.

Y encontrándose dicho demandado, Paula Andrea Rueda, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Santiago de Compostela, 22 de julio de 2015

La secretaria judicial