De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifican a las personas que a continuación se relacionan las resoluciones de los recursos interpuestos contra las resoluciones de los expedientes sancionadores instruidos por infracciones de la normativa reguladora de los transportes terrestres, por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque, intentada la notificación, no se pudo efectuar.
Según establece el artículo 61 de la citada ley, los interesados disponen de un plazo de diez días, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado, para examinar la resolución en la Secretaría General Técnica de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, situada en los edificios administrativos de San Caetano en Santiago de Compostela.
Se les hace saber que contra dichas resoluciones, definitivas en vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo de la circunscripción en la que el demandante tenga su domicilio, o en el de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de diez días antes señalado o al de la comparecencia del interesado, en su caso.
Las multas deberán hacerse efectivas, con la clave 390001, por cualquiera de los siguientes medios:
– Abanca.
– BBVA Transacción 1316 NIF S1511001H.
– Santander.
– http://www.cixtec.es/conselleria
Y de no hacerlo así se procederá a su cobro por la vía de apremio, según lo dispuesto en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Y para que conste y les sirva de notificación a los interesados, firmo y sello esta cédula.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2015
Joaquín Macho Canales
Secretario general técnico de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda
ANEXO
Expediente Número recurso Matrícula Denunciante |
Recurrente |
Infracción cometida Datos de la denuncia: fecha; hora; carretera; p.k. |
Precepto infringido |
Sanción impuesta |
Resolución del recurso |
OU-00371-O-2013 RA/M/2014/00544 SE-4369-DC / R-6339-BBC Guardia Civil 3200 G24802M |
Transmario, S.L. |
Utilizar la tarjeta de otro conductor o una hoja de registro con nombre o apellido diferentes a los del conductor. 13.2.2013; 9.25; A-52; 0132,000 |
Art. 140.22 LOTT |
2.001 € |
Desestimatoria, confirmando la sanción impuesta |
PO-01116-O-2011 RA/M/2014/00672 6829-CXG Guardia Civil 3604 P03095B |
Grupo J.C.A. Hormigones, S.A. |
Realizar transporte público de mercancías, en vehículo pesado, careciendo de autorización. 14.7.2011; 11.06; AP-9; 137,5 |
Art. 140.1.9 LOTT |
4.601 € |
Inadmisión, confirmando la sanción impuesta |
LU-00946-O-2012 RA/M/2015/00014 6726-GZS Guardia Civil 2704 I64330I |
Jesús Enrique Gómez Picazo, S.L. |
Exceso en la conducción ininterrumpida superior al 50 % del tiempo máximo autorizado sin observar las pausas reglamentarias. Más de 7.45 h. 10.5.2012; 13.40; AG-64; 55,900 |
Art. 140.20 LOTT |
4.600 € |
Inadmisión, confirmando la sanción impuesta |
XC-02809-O-2012 RA/M/2015/00073 5211-BNC / R-8260-BBD Guardia Civil 1503 A54682C |
Eventos Musicales Galicia, S.L. |
No llevar insertado en el tacógrafo la hoja de registro o tarjeta de conductor durante la prestación del servicio o no haber efectuado los documentos impresos al inicio y a la finalización del viaje en los supuestos de deterioro o mal funcionamiento de la tarjeta de conductor o en caso de que ésta no obre en poder suyo. 9.8.2012; 9.10; AP-9; 25,200 |
Art. 140.22 LOTT |
2.001 € |
Estimatoria parcial, rebajando la sanción impuesta |