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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Viernes, 4 de diciembre de 2015 Pág. 45819

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2015, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Valdoviño (expediente IN407A 2015/188-1).

Expediente: IN407A 2015/188-1.

Promotora: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Denominación de la instalación: retranqueo LMT CRN-708A y adecuación al CT Lago.

Ayuntamiento: Valdoviño.

Hechos:

1. El 17.6.2015 Unión Fenosa Distribución, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante su inserción en el DOG núm. 157, de 19 de agosto de 2015 y en el BOP núm. 148, de 6 de agosto de 2015.

3. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados. La promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

4. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

– Elevación entre los apoyos nº 82 y nº 87 de la línea eléctrica de media tensión aérea CRN-708A, a 15 kV, en una longitud de 0,287 km, con origen en el apoyo existente nº 82, donde se realiza la derivada al CT Vilar (expediente 25/99), y final en el apoyo nº 97 proyectado HVH-13-4.500, que sustituye el existente en el tramo de la derivada al CT Lago Mosende (expediente 7372) y la derivada al CT Lago Pena (71/97), en conductor LA-110 mm2 Al.

– Línea eléctrica subterránea a 20 kV, con una longitud de 0,020 km, con origen en el paso aerosubterráneo a realizar en el apoyo nº 85 proyectado tipo HVH-15/1.000 a intercalar en la LMT CRN708A (expediente 8167) en el tramo de la derivada al CT Vilar (expediente 25/99) y la derivada al CT Lago Mosende (expediente 7372), en conductor
RHZ1-2OL 12/20 kV 1×240 mm2 Al y final en la celda de línea proyectada en el CT Lago Mosende, a reformar.

– Reforma del centro de transformación Lago Mosende (expediente 7372), substituyendo toda aparamenta de media tensión existente al aire por un CT de tipo compacto maniobra exterior 2L+1P sin envolvente de hormigón con transformador de 160 kVA y relación de transformación de 15.000/400 V, a instalar en la caseta de obra civil que se va a reformar.

El presupuesto de la instalación según proyecto es de 55.164,88 €.

7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo indicado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

– Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones si procede.

– Un certificado del director del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las de las reglamentaciones y normas oportunas, en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial la relativa a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en los términos establecidos en los artículos 107, 100, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

A Coruña, 10 de noviembre de 2015

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña