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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Martes, 17 de noviembre de 2015 Pág. 43368

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (1048/2012).

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hace saber que en el procedimiento ordinario 1048/2012 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Manuel Rodríguez Esmorís contra la empresa Preisberk de Construcciones, S.L., ahora Promociones Riogali, S.L., administración concursal de Promociones Riogali, S.L., Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo dicen:

«Sentencia

En A Coruña a trece de marzo de dos mil quince.

Yo, Jorge Hay Alba, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número 1048/2012, siendo parte en el mismo, de un lado, como demandante, Manuel Rodríguez Esmorís, representado por el letrado José Nogueira Esmorís, y como demandado, Preisberk de Construcciones, S.L., ahora Promociones Riogali, S.L., que no comparece, con intervención procesal de la administración concursal de Promociones Riogali, S.L., que no comparece, y Fogasa, que no comparece, sobre salarios, he pronunciado en nombre del rey la siguiente sentencia.

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por el actor Manuel Rodríguez Esmorís, debo condenar y condeno a la empresa Preisberk de Construcciones, S.L., ahora Promociones Riogali, S.L., con citación del Fogasa, a que abone al actor la cantidad de 1.383,94 euros por los conceptos reclamados en la demanda.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

Para que sirva de notificación en legal forma a Preisberk de Construcciones, S.L., ahora Promociones Riogali, S.L., expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se le advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de octubre de 2015

La secretaria judicial