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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Martes, 17 de noviembre de 2015 Pág. 43362

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 3215/2015-AN).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 3215/2015-AN

Juzgado de origen/autos: despido objetivo individual 946/2014 Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

Recurrente: Fogasa

Abogado: Abogacía del Estado Fogasa, A Coruña

Recurridos: Trabajos Obras y Servicios Urbanos, S.L., Limpiezas Secope, S.A., José Lorenzo Martís Santamaría, Limpiezas Secope, S.A. y Nem Ord

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 3215/2015 de esta sección, seguido a instancia del Fogasa contra Trabajos Obras y Servicios Urbanos, S.L., Limpiezas Secope, S.A., José Lorenzo Martís Santamaría, Limpiezas Secope, S.A. y Nem Ord sobre despido disciplinario, se ha dictado con fecha 23 de octubre de 2015 la siguiente resolución que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

«Fallamos que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por el letrado habilitado de la Abogacía del Estado, en representación del Fondo de Garantía Salarial, contra la sentencia de 8 de mayo de 2015 del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, dictada en juicio seguido a instancia de José Lorenzo Martís Santamaría contra las entidades mercantiles Limpiezas Secope, S.A., Trabajos, Obras y Servicios Urbanos, S.L. y Limpiezas Secope, S.A. y Nem Ord, con intervención de la recurrente, la Sala la confirma íntegramente y, en legal consecuencia, condenamos a la recurrente a las costas de la suplicación, cuantificando en 601 euros los honorarios de la graduada social impugnante.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37 seguida de 4 dígitos correspondientes al número del recurso y 2 dígitos del año del mismo.

– Asimismo si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de 20 dígitos
0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++)».

Y para que así conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a fin de que sirva de notificación en legal forma a Limpiezas Secope, S.A., Trabajos Obras y Servicios Urbanos, S.L., Limpiezas Secope, S.A. y New Ord, en ignorado paradero, con último domicilio conocido en Recobo, Oleiros (A Coruña), con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 23 de octubre de 2015

La letrada de la Administración de justicia