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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Lunes, 16 de noviembre de 2015 Pág. 43255

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (280/2015).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento sobre despido/ceses en general 280/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Edelmira Liste Viqueira contra Confecciones Cabarios, S.L.U., Fondo de Garantía Salarial, Óscar Manuel del Río López, administración concursal, Confecciones Figueira, S.L.U., Confecciones Balado, S.L., sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de despido ha sido interpuesta por Edelmira Liste Viqueira contra la entidad Confecciones Cabarios, S.L.U. y su administración concursal, debo declarar y declaro improcedente el despido de que la actora ha sido objeto en fecha de 30 de mayo de 2015, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que unía a las partes, desde la fecha de la presente resolución (22 de octubre de 2015), al cesar en su actividad la anterior entidad, y condeno a la entidad Confecciones Cabarios, S.L.U. al abono de una indemnización por despido a razón de 15.829,31 euros, y por salarios de tramitación a razón de 5.720,25 euros.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Que debo desestimar y desestimo la demanda por despido objetivo formulada por Adolfo Maquieira Vales contra las entidades Confecciones Figueira, S.L.U., Confecciones Balado, S.L. y el empresario individual Óscar Manuel del Río López y, en consecuencia, debo absolver y absuelvo a los anteriores de todos los pedimentos formulados en su contra.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Confecciones Figueira, S.L.U. y Confecciones Balado, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 26 de octubre de 2015

La secretaria judicial