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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Miércoles, 30 de septiembre de 2015 Pág. 38270

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (170/2015).

Yo, Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ejecución de títulos judiciales 170/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Lorena Blanco Alonso contra Couñago & Jamargo Restauración, S.L. y Fogasa sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia de ordenación

Secretaria judicial: María Teresa Vázquez Abades

Santiago de Compostela, 25 de agosto de 2015

Después de consultar la disponibilidad de la agenda de señalamientos, habiendo presentado la trabajadora Lorena Blanco Alonso exigiendo el cumplimiento por el empresario Couñago & Jamargo Restauración, S.L. de la obligación de readmisión, y habiéndose despachado auto de ejecución de 8 de julio de 2015, de conformidad al artículo 280 de la LJS, acuerdo:

Citar nuevamente de comparecencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial con las advertencias legales y haciéndoles saber que deben asistir con los medios de prueba de que intenten valerse, y fijo el próximo día 13 de octubre de 2015, a las 13.30 horas, para que tenga lugar.

De no asistir el trabajador o persona que le represente, se le tendrá por desistido en su solicitud. Si no lo hiciese el empresario o su representante, se celebrará el acto sin su presencia.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Couñago & Jamargo Restauración, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 10 de septiembre de 2015

La secretaria judicial