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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 174 Viernes, 11 de septiembre de 2015 Pág. 36471

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (DOI 339/2015).

Miguel Gendra Rey, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de despido objetivo individual 339/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosa María Bahamonde Liñares contra Zapatos y Complementos Bari, S.L., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), sobre despido, se ha dictado sentencia número 264, cuyo encabezamiento y resolución son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Santiago de Compostela, 24 de agosto de 2015.

Susana Villarino Moure, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, habiendo visto los presentes autos número 339/2015, promovidos ante este juzgado de lo social sobre despido y reclamación de cantidad, a instancia de Rosa María Bahamonde Liñares, asistida por la letrada María Elena Rodríguez González, contra Zapatos y Complementos Bari, S.L., que no comparece, habiendo sido citado el Fogasa, que no comparece, ha dictado la presente sentencia.

(…)

Que debo estimar y estimo la demanda por Rosa María Bahamonde Liñares contra Zapatos y Complementos Bari, S.L. y, en consecuencia:

1º. Declaro la improcedencia del despido efectuado con efectos de 28 de febrero de 2015 y condeno a la empresa indicada a que readmita inmediatamente a la actora en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido, con abono de los salarios de tramitación a razón de 46,83 euros/día o bien, a elección del empresario, a la extinción de la relación laboral con abono de una indemnización de 17.270,02 euros.

Dicha opción deberá ejercitarse en el término de 5 días a partir de la notificación de esta sentencia, mediante escrito o comparecencia ante este juzgado. Transcurrido dicho término sin que el empresario hubiese optado, se entenderá que procede la readmisión.

2º. Condeno a la empresa Zapatos y Complementos Bari, S.L. a abonar a la actora 1.147 euros.

3º. Condeno al Fogasa a estar y pasar por la presente resolución, en los términos del artículo 23.6, inciso primero, de la LRJS.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de suplicación en el plazo de cinco días desde su notificación.

Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y déjese testimonio en las actuaciones.

Así lo acuerdo, mando y firmo.

La magistrada jueza».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Zapatos y Complementos Bari, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 24 de agosto de 2015

El secretario judicial