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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Jueves, 3 de septiembre de 2015 Pág. 35660

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (258/2014).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 258/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de David González Queiro contra Atalanta Intercon, S.L., Fondo de Garantia Salarial sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por David González Queiro contra la entidad Atalanta Intercon, S.L., y, en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Atalanta Intercon, S.L., a que abone al demandante la cantidad de 16.144,22 € brutos, por los salarios devengados entre septiembre de 2011 y febrero de 2013, incrementadas en el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales, y 2.230,88 € correspondientes al 60 % de la indemnización por despido objetivo.

Que debo desestimar y desestimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por David González Queiro contra Fondo de Garantía Salarial, al concurrir la excepción de prescripción y, en consecuencia, debo absolverlo de las responsabilidades que pudieran derivarse de la falta de pago de Atalanta Intercon, S.L.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo la magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, Pilar Carreira Vidal.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Atalanta Intercon, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 1 de septiembre de 2015

La secretaria judicial