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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Jueves, 13 de agosto de 2015 Pág. 33272

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (PO 536/2014).

Procedimiento ordinario 536/2014

Sobre ordinario

Demandantes: Carmen María Cristina Zas Pena, Ángeles Guerra Novo

Yo, María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 536/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Carmen María Cristina Zas Pena y Ángeles Guerra Novo contra Confecciones Guerral, S.A., Texguesa, S.L., Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidades, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

«Se tiene por desistido de la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Carmen María Cristina Zas Pena y Ángeles Guerra Novo,, contra la entidad Confecciones Guerral, S.A.

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Carmen María Cristina Zas Pena y Ángeles Guerra Novo contra la entidad Texguesa, S.L.; en consecuencia, debo condenar y condeno a la entidad Texguesa, S.L. a que abone a las demandantes las cantidades siguientes:

A Carmen María Cristina Zas Pena, la cantidad de 7.912,31 € brutos por pagas extras de marzo, julio y Navidad de 2012, 2013 y 2014, febrero de 2014, la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas en el año 2013 y 2014, así como las diferencias por atrasos de convenio, entre 2010 y 2014.

A Ángeles Guerra Novo, la cantidad de 8.756 € brutos, por pagas extras de marzo, julio y Navidad de 2012, 2013 y 2014, febrero de 2014, la compensación económica por las vacaciones no disfrutadas en el año 2013 y 2014, así como las diferencias por atrasos de convenio, entre 2010 y 2014.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación. Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Texguesa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de julio de 2015

La secretaria judicial