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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Viernes, 31 de julio de 2015 Pág. 31965

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (442/2012).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancia de Mohamed Mouas contra Prevencon Seguridad Integral y UTE Isolux-Corsan y Copcisa, en reclamación por ordinario, registrado con el nº procedimiento ordinario 442/2012, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Prevencon Seguridad Integral, S.L.U., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 15.9.2015 a las 12.00 horas, en planta baja, sala 1, edificio calle Berlín, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada, y que deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Requerir a Prevencon Seguridad Integral, S.L.U. para que aporte los documentos solicitados en el escrito de demanda en el apartado segundo, documental, subapartados a), b), c), d), e), f) y g) que se dan por reproducidos, con la advertencia de que, de no hacerlo, podrán tenerse por probadas las alegaciones hechas por la contraria en relación con la prueba acordada (artículo 94 LJS).

En su caso, sin que esto signifique la admisión de la prueba propuesta por el actor, ya que éste deberá proponerla y, en su caso, el/la juez admitirla en el acto de juicio (artículo 87 de la LJS).

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Asimismo, notifíquese a dicha empresa el decreto de fecha 6 de septiembre de 2013, que es del tenor literal siguiente, y se le hace saber que tiene copia de la demanda en este órgano judicial a su disposición:

Decreto.

Secretaria judicial Susana Varela Amboage.

Santiago de Compostela, 6 de septiembre de 2013.

Antecedentes de hecho:

Primero. La presente demanda ha sido turnada a este juzgado de lo social.

Fundamentos de derecho:

Único. Examinados los requisitos formales de esta demanda, procede su admisión de conformidad a lo dispuesto en el artículo 81 de la LPL.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación.

Parte dispositiva:

Acuerdo admitir la demanda presentada y, existiendo numerosos asuntos de la misma índole y otros de carácter preferente pendientes de celebración de juicio, se acordará en cuanto a su señalamiento, quedando los autos en espera.

Notifíquese a ambas partes la presente resolución y a las partes demandadas hágaseles entrega de copia de la demanda.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de los tres días hábiles siguientes a su notificación ante el/la secretario judicial que dicta esta resolución, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.

El/la secretario/a judicial.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a Prevencon Seguridad Integral, S.L.U., se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios de este órgano judicial.

Santiago de Compostela, 10 de julio de 2015

La secretaria judicial