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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Viernes, 31 de julio de 2015 Pág. 31964

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (321/2013).

Encarnación Mercedes Tubio Lariño, secretario del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña, doy fe y certifico que en este juzgado se siguen autos número 321/2013 a instancia de Manuel Joaquín Trillo contra la empresa Maceiras y Esmoris, S.L. y el Fondo de Garantia Salarial sobre cantidad, en los que recayó sentencia en fecha 6.7.2015 que, copiada en los particulares necesarios, dice así:

Fallo se estima la demanda formulada por Manuel Joaquín Trillo Graiño frente a la empresa Maceiras y Esmoris, S.L., su administrador concursal, con intervención del Fogasa y, en consecuencia:

– Se condena a la empresa Maceiras y Esmoris, S.L. a abonar al actor la cantidad de nueve mil ocho euros con ochenta y seis céntimos de euro (9.008,86 euros), vinculando tales cantidades al administrador concursal.

Notifíquese la resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado haciendo constar en el ingreso el numero de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña.

Y para que conste, a efectos de su publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a la empresa Maceiras y Esmoris, S.L. expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 13 de julio de 2015

La secretaria judicial