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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Lunes, 27 de julio de 2015 Pág. 31161

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (363/2011).

María Teresa Vázquez Abades, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hace saber que en el procedimiento de Seguridad Social 363/2011 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Francisco Enríquez Romay contra la empresa José Rodríguez Olveira, Instituto Nacional de la Marina, sobre seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Fallo que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Francisco Enríquez Romay contra el Instituto Social de la Marina, debo condenar y condeno al ISM al reconocimiento y abono de la pensión de jubilación del demandante en el importe resultante de aplicar un porcentaje del 84 % a la base reguladora de 529,37 euros, prorrata temporis de 23,12 %, con efectos económicos de la revisión el 25.10.2010, todo ello sin perjuicio de las mejoras y revalorizaciones que legal y reglamentariamente le correspondan hasta la fecha de efectos económicos reconocida y de los complementos a mínimos y/o por residencia a que pudiera tener derecho el demandante; con absolución del demandado José Rodríguez Olveira de las peticiones deducidas en su contra.

Notifíquese a las partes la presente resolución haciéndoles saber que frente a la misma cabe recurso de suplicación para ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de cinco días contados a partir de su notificación (artículo 191.3.c LRJS).

La anterior resolución se entregará al secretario para su custodia e incorporación al libro de sentencias. Insértese en las actuaciones por medio de testimonio.

Por esta mi sentencia, juzgando definitivamente en la primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a José Rodríguez Olveira, en ignorado paradero, expido la presente para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 26 de junio de 2015

La secretaria judicial