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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Viernes, 24 de julio de 2015 Pág. 30985

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (1279/2014).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 1 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 1279/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de María Merceces Villegas Andrino contra Davinci Continental, S.L., Fogasa sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia: 325/2015.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: despido 1279/2014.

Demandante: María Mercedes Villegas Andrino.

Letrado: Sr. García Vigo.

Demandada: Davinci Continental, S.L.

Letrado: Fogasa.

Sentencia 325/2015.

A Coruña, 2 de julio de 2015.

Fallo:

1. Estimo la demanda sobre despido formulada por María Mercedes Villegas Andrino frente a la empresa Davinci Continental, S.L. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido y la extincion de la relación laboral a la fecha de esta sentencia. Todo ello con condena de la empresa al abono de la indemnización detallada en el número segundo de este fallo.

2. La indemnización a abonar por la empresa demandada, según lo dispuesto en el número anterior, asciende a la cantidad de 7.578,34 euros.

3. El Fogasa deberá pasar por lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez del Juzgado de lo Social de refuerzo de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por el juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Davinci Continental, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 2 de julio de 2015

La secretaria judicial