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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Jueves, 23 de julio de 2015 Pág. 30818

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (34/2015).

Marta Yanguas del Valle, secretaria judicial de refuerzo del Juzgado de lo Social número 1 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 34/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Andrés Puy Fraga contra Kreta Expansión, S.L., Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

«Sentencia 326/2015.

Juez: Javier López Cotelo.

Procedimiento: resolución contrato 34/2015, acumulado despido 529/2015.

Demandante: Andrés Puy Fraga.

Letrado: Sr. Rodríguez Núñez.

Demandada: Kreta Expansión, S.L.

Letrado:

Fogasa:

Sr:

Sentencia nº 326/2015.

A Coruña, 2 de julio de 2015.

Fallo:

a) Estimo las acciones, sobre resolución de contrato y despido, formuladas por Andrés Puy Fraga frente a Kreta Expansión, S.L. y, en consecuencia:

1. Declaro, con fecha de la presente sentencia, la extinción del contrato de trabajo existente entre el trabajador demandante y la empresa demandada, por causas imputables a ésta, condenando a la demandada a abonarle la cantidad total de 3.577,15 euros en concepto de indemnización.

2. Declaro la improcedencia del despido de la parte demandante, habido el 23.2.2015, condenando a la empresa demandada a satisfacer al demandante:

– Los salarios de tramitación desde esa fecha hasta la fecha de la presente resolución a razón de 100,06 euros día.

b) Estimo la acción, sobre reclamacion de cantidad, formulada por Andrés Puy Fraga frente a Kreta Expansión, S.L. y, en consecuencia, condeno a ésta a abonar al primero la suma de 20.561,90 euros por los salarios devengados y no satisfechos.

c) El Fogasa deberá pasar por lo resuelto en la presente resolución.

Inscríbase la presente resolución en el libro de sentencias, dejando testimonio de la misma en el presente procedimiento.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiéndoles que contra ella se podrá interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución por comparecencia o mediante escrito, pasados los cuales se declarará firme y se procederá a su archivo.

Así lo pronuncio, mando y firmo, Javier López Cotelo, juez social de refuerzo de A Coruña.

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada juez que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe».

Y para que conste y sirva de notificación a Kreta Expansión, S.L., en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el Diario Oficial de Galicia y colocación en el tablón de anuncios.

A Coruña, 2 de julio de 2015

La secretaria judicial