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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Martes, 14 de julio de 2015 Pág. 29303

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (287/2014).

María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 287/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Elvira del Carmen Barragues Oubel contra Panificadora Lucense, S.A. y el Fondo de Garantía Salarial, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Elvira del Carmen Barragues Oubel contra el Fondo de Garantía Salarial y, en consecuencia, debo condenar y condeno al Fondo de Garantía Salarial a que abone a la demandante la cantidad de 733,70 euros en concepto de diferencia de indemnización y 273,33 euros en concepto de diferencia de salarios, ante la insolvencia de su empleadora, Panificadora Lucense, S.A., que venía obligada a su pago de modo principal. Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma no cabe interponer recurso alguno. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Panificadora Lucense, S.A., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 25 de junio de 2015

La secretaria judicial