Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 122 Miércoles, 1 de julio de 2015 Pág. 27531

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (4157/2013).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 4157/2013 MCR

Juzgado de origen/autos: Seguridad Social 162/2012 Juzgado de lo Social número 2 de Lugo

Recurrente: Lorena Seivane García

Abogado: José Alberto Legaspi Maseda

Procuradora: María Irene Cabrera Rodríguez

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, NCG Banco, S.A., Mutua de Accidentes de Trabajo Fraternidad-Muprespa, Cenpla Empresa de Trabajo Temporal, S.A.

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4157/2013 MCR de esta sección, seguido a instancia de Lorena Seivane García contra Tesorería General de la Seguridad Social, NCG Banco, S.A., Mutua de Accidentes de Trabajo Fraternidad-Muprespa, Cenpla Empresa de Trabajo Temporal, S.A., sobre accidente de grado, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Lorena Seivane García contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de Lugo, de 16 de septiembre de 2013 en autos nº 162/2012, que confirmamos.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de este Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala do Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 ó bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cempla ETT, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 9 de junio de 2015

La secretaria judicial