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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Lunes, 15 de junio de 2015 Pág. 23524

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO (147/2015).

Yo, María Jesús Hernando Arenas, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 147/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Caamaño González contra Miguel Carro Araújo, Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia, cuyo fallo dice:

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de resolución de contrato han sido interpuesta por José Manuel Caamaño González contra el empresario individual Miguel Carro Araújo y, en consecuencia, debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que vinculaba a José Manuel Caamaño González con el empresario individual Miguel Carro Araújo en el día de hoy (20 de mayo de 2015), condenando al empresario individual Miguel Carro Araújo al abono de una indemnización a razón de 879,88 euros.

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por José Manuel Caamaño González, contra el empresario individual Miguel Carro Araújo, y en consecuencia, debo condenar y condeno el empresario individual Miguel Carro Araújo, a que abone al demandante la cantidad de 8.758,08 euros brutos, por salarios devengados entre el 6 de agosto de 2014 y el 20 de mayo de 2015, así como el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así, por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma al empresario individual Miguel Carro Araújo, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la provincia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 22 de mayo de 2015

La secretaria judicial