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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 102 Martes, 2 de junio de 2015 Pág. 21591

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo

EDICTO (869/2014).

María de la Concepción Albés Blanco, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Vigo, hago saber que en el presente procedimiento de juicio verbal seguido ante este juzgado bajo el número 869/2014, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo, es del tenor literal siguiente:

«Sentencia número 30/2015.

Magistrada jueza que la dicta: Yolanda Rodríguez Sánchez.

Lugar: Vigo.

Fecha: 26 de febrero de 2015

Demandante: Gas Natural Servicios, SDG, S.A.

Abogado: Miguel Rodríguez-Vila García.

Procuradora: María del Carmen Molist García.

Demandado: Metbar Vigo 2007, S.L., en rebeldía procesal.

Procedimiento: juicio verbal 869/2014.

Fallo se estima la demanda presentada por la procuradora Carmen Molist García, en nombre y representación de Gas Natural Servicios SDG, S.A., contra la entidad Metbar Vigo 2007, S.L.

1º. Se declara la resolución del contrato de suministro de gas para el local sito en la plaza de Compostela, nº 29, bajo, local 1 (Vigo).

2º. Se condena al demandado a permitir la entrada en su domicilio a los empleados de la actora, a fin de que estos tomen lectura del contador de gas instalado y procedan a la privación del suministro mediante la desconexión y retirada del contador.

3º. Se condena a la demandada al abono de la suma de 1.712,78 euros y la cantidad que resulte de la facturación comprendida entre la última lectura facturada de 7.298 m3 de gas (factura con fecha de emisión 5.6.2013) y la lectura que resulte en el momento de la desconexión, al precio de la tarifa contratada, con los intereses legales correspondientes.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Líbrese la correspondiente certificación literal de esta resolución, que quedará unida al procedimiento, llevándose el original al libro de su razón.

Contra esta resolución no cabe recurso alguno de conformidad con lo dispuesto en el artículo 455.1 de la LEC (Ley 37/2001, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal).

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicho demandado, Metbar Vigo 2007, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Vigo, 26 de febrero de 2015

La secretaria judicial