Rafael González Alió, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 1 de Lugo, hago saber que en el procedimiento 1248/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Ignacio Pérez Fernández contra Starcine, S.L.U. y el Fondo de Garantía Salarial sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:
«Estimo la demanda presentada por Ignacio Pérez Fernández, representado por el letrado Sr. Bermúdez de la Puente, contra Starcine, S.L.U., que no compareció pese a constar su citación en legal forma, y, en consecuencia:
– Declaro improcedente el despido con fecha de efectos 7 de noviembre de 2014.
– Condeno a la empresa demandada a que, en el plazo de cinco días a contar desde la notificación de la presente resolución opte, comunicándoselo a este juzgado, bien por la readmisión del actor en las mismas condiciones que regían antes de producirse el despido y el abono de salarios de tramitación desde el 7 de noviembre de 2014 hasta la fecha de notificación de la presente resolución, a razón de 35,10 euros diarios, bien por el abono de indemnización por importe de 18.848,70 euros.
– Impongo a la empresa demandada el abono de las costas procesales causadas (incluidos los honorarios del letrado del demandante hasta el límite de 600 euros).
Las cantidades a cuyo abono ha sido condenada la empleadora serán asumidas por el Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), que no compareció pese a constar su citación en legal forma, dentro de los límites y con los requisitos legales y reglamentarios que le son propios.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer, ante este juzgado, recurso de suplicación a resolver por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia».
Y para que sirva de notificación en forma a Starcine, S.L.U., en ignorado paradero, expido y firmo el presente edicto.
Lugo, 15 de abril de 2015
El secretario judicial