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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Jueves, 7 de mayo de 2015 Pág. 18091

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (5274/2014).

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hace saber que en el procedimiento de recurso suplicación 5274/2014 de esta sala, seguido a instancia de Campus na Nube, S.L. (antes Tórculo Artes Gráficas, S.A.), Tórculo Artes Gráficas, S.A. contra Fogasa, Randstad Empleo ETT, S.A., subrogada Laboram-antes Vedior, Fotocopias Maxin S.L.U., Unidixital, S.L., Beatriz Allo Recarey, administración concursal Fotocopias Maxin, S.L.U. (María Rodríguez Sierra) sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Tórculo Artes Gráficas, S.A. y Campus na Nube, S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, de 25 de abril de 2014 en autos número 915/2013, que confirmamos.

Dése el destino legal a los depósitos efectuados por las empresas recurrentes, a las que condenamos a abonar los honorarios de letrado de la parte actora-impugnante de la suplicación por importe de quinientos cincuenta euros (550 €).

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Sala de lo Social.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez (10) días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Así por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que así conste a efectos de publicación en el Diario Oficial de Galicia a fin de que sirva de notificación en forma a Fotocopias Maxin, S.L.U., con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.

A Coruña, 16 de abril de 2015

La secretaria judicial