Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Lunes, 4 de mayo de 2015 Pág. 17253

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela

EDICTO de notificación de sentencia (1555/2014).

Divorcio contencioso: 1555/2014

Procedimiento origen:

Sobre divorcio contencioso

Demandante: Xurxo Vázquez Fernández

Procuradora: María de los Ángeles Sanmartín Méndez

Demandada: Cosmina Mariana Mocanu

Cristina Cao Sánchez, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santiago de Compostela, por el presente,

Anuncio:

En el presente procedimiento seguido a instancia de Xurxo Vázquez Fernández, frente a Cosmina Mariana Mocanu, en situación de rebeldía procesal, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

«Fallo:

Que, estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta por la procuradora Sra. Sanmartín Pérez en nombre y representación de Xurxo Vázquez Fernández, asistido del letrado Sr. Abeal Rodríguez contra Cosmina Mariana Mocanu, mayor de edad, reseñada en autos y sin intervención del Ministerio Fiscal al no concurrir hijos menores de edad o incapaces en el citado matrimonio, debo decretar y decreto el divorcio del matrimonio contraído por ambos litigantes en fecha 6 de julio de 2007 en Miranda de Ebro, inscrito en el Registro Civil de esa localidad al tomo 55, página 273, por concurrir la causa prevista en el artículo 86.1. del Código civil, transcurrido más de tres meses de matrimonio.

Firme que sea la presente resolución, remítanse los oportunos oficios para las procedentes anotaciones registrales.

No procede efectuar especial pronunciamiento sobre las costas del presente proceso.

Esta resolución no es firme y frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en los plazos y términos previstos en la vigente Ley de enjuiciamiento civil para su resolución por la Audiencia Provincial de A Coruña (artículos 458 y 776 de la Ley de enjuiciamiento civil) previa consignación de depósito previsto en la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio mando y firmo, Roberto Soto Sola, magistrado juez titular del Juzgado de Primera Instancia número 6 de esta localidad y su partido judicial.

Publicación. Leída y publicada la anterior resolución en audiencia pública por el juez que la dictó, en el día de la fecha; doy fe».

Y como consecuencia del ignorado paradero de Cosmina Mariana Mocanu, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Santiago de Compostela, 13 de abril de 2015

La secretaria judical