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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Martes, 31 de marzo de 2015 Pág. 12621

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural y del Mar

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2015 por la que se autoriza una permuta de puntos de fondeo entre viveros de cultivos marinos.

Visto el expediente instruido para los efectos de otorgamiento de autorización para la permuta de puntos de fondeo entre viveros, se apreciaron los siguientes:

a) Antecedentes de hecho.

Primero. Mediante escrito de fecha 19 de enero de 2015, Mª Elena Marcos Gil (76812209-Y) y Manuel Portela García (35911639-Z) en nombre y representación de Mejillones Pilo, S.L. (B36182954) solicitaron permiso para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas denominadas J.A.R. I y J.P. I.

Segundo. Los interesados aportaron la documentación requerida para la tramitación en este tipo de procedimientos.

Tercero. En el expediente constan los informes técnicos de los viveros.

b) Fundamentos de derecho.

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/2009, de 11 de diciembre, de modificación de la Ley 11/2008, de pesca de Galicia, y la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia, y con la Resolución de 12 de abril de 2012, de delegación de firma en materia de acuicultura en los titulares de las jefaturas de Coordinación del Área del Mar de la Consellería del Medio Rural y del Mar.

Segundo. El expediente se tramitó de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en la Orden de 18 de abril de 2001 por la que se regula el procedimiento que regirá la permuta de puntos de fondeo y los cambios de sistema, localización y cultivo en los viveros de cultivos marinos (DOG núm. 83).

Vistos los antecedentes citados y de acuerdo con los fundamentos de derecho, esta consellería resuelve otorgarle a Mª Elena Marcos Gil (76812209-Y) y a Mejillones Pilo, S.L. (B36182954) autorización para la permuta de puntos de fondeo entre las bateas que se indican:

Subtipo: batea.

Nombre: J.A.R. I.

Especies: mejillón (M. galloprovincialis).

Localización: cuadrícula nº 2.

Polígono : C.

Distrito: Redondela (Pontevedra).

Titular: Mª Elena Marcos Gil (76812209-Y).

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Subtipo: batea.

Nombre: J.P. I.

Especies: mejillón (M. galloprovincialis).

Localización: cuadrícula nº 72.

Polígono: C.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Titular: Mejillones Pilo, S.L. (B36182954).

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Como consecuencia de la permuta se modifican la localización de los títulos habilitantes, quedando como se indica:

Subtipo: batea.

Nombre: J.A.R. I.

Localización: cuadrícula nº 72.

Polígono: C.

Distrito: Cangas (Pontevedra).

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Subtipo: batea.

Nombre: J.P. I.

Localización: cuadrícula nº 2.

Polígono: C.

Distrito: Redondela (Pontevedra).

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Segunda. Las bateas afectadas deberán adaptarse a las condiciones de los polígonos de destino.

Tercera. La permuta se realizara en el plazo máximo de 3 (tres) meses a contar desde el día siguiente al de la publicación en el DOG de esta resolución. Finalizado el plazo indicado para la realización de la permuta sin que esta se lleve a cabo la autorización quedará sin efecto.

Cuarta. Las bateas contarán con la pertinente autorización de los organismos competentes en la materia para el traslado a la nueva localización.

Quinta. Las fechas de fondeo deberán ser comunicadas con antelación suficiente, mediante escrito dirigido a la Jefatura de Coordinación del Área del Mar Vigo de la Consellería del Medio Rural y del Mar, a los efectos de que se realicen bajo la supervisión y el control de personal técnico del Servicio de Guardacostas de Galicia.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la conselleira del Medio Rural y del Mar en el plazo de un (1) mes, o recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente en el plazo de dos (2) meses, a contar, en ambos casos, a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 10/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 18 de febrero de 2015

Por delegación de firma (Resolución de 12.4.2012)
Sonia Lorenzo Santos
Jefa de Coordinación del Área del Mar de Vigo