Intentada la notificación personal y devuelta por el servicio de Correos por resultar imposible su práctica, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, por la presente cédula se notifica a la empresa relacionada la resolución recaída en el expediente sancionador correspondiente.
Dispone de un plazo de diez (10) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, para examinar la resolución en las dependencias de esta jefatura territorial, Servicio de Trabajo y Economía Social, Sección de Sanciones, sitas en la calle Concepción Arenal, 8, 2ª planta, Vigo (Pontevedra), en horario de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.
Expediente: RL 2009/0462-4.
Acta: I362009000111718.
Empresa: Construcciones Paraxe, S.L.
DNI/NIF: B-36770535.
Dirección: Conde Torrecedeira, 109, local B 2, Vigo.
Materia: seguridad y salud.
Preceptos infringidos: artículos 14 y 17.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, y artículo 3 en relación con los apartados 1, 9 y 14 de la parte 1ª del anexo II del Real decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Preceptos sancionadores: artículos 5.2, 12.16.b), 39.3.c) y 40 del Real decreto legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre infracciones y sanciones en el orden social.
Fecha de la resolución: 25.2.2015.
Resolución: multa de 4.000 €.
Se hace saber a la interesada que puede formular recurso de alzada ante la directora general de Trabajo y Economía Social, en el término de un mes, a contar desde el siguiente día de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 114 y siguiente de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Se le advierte que, de no ser interpuesto en tiempo y forma, deberá abonar la multa impuesta mediante la necesaria utilización del impreso que podrá solicitar en la Jefatura Territorial de Vigo de la Consellería de Trabajo y Bienestar, en el número de cuenta y en la entidad bancaria y plazo que en él se señala, ya que en otro caso se incoará el procedimiento por la vía de apremio ante la Consellería de Hacienda correspondiente.
Vigo, 6 de marzo de 2015
María Peón Fernández
Jefa territorial de Vigo