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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 61 Martes, 31 de marzo de 2015 Pág. 12536

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras

ORDEN de 11 de marzo de 2015 de aprobación definitiva de la modificación puntual número 14 del Plan general de ordenación municipal de Lalín (Pontevedra).

El Ayuntamiento de Lalín aporta la modificación puntual núm. 14 del PGOM, en solicitud de su aprobación definitiva, conforme a lo establecido en el artículo 85.7 de la Ley 9/2002, de 30 de diciembre, de ordenación urbanística y protección del medio rural de Galicia.

Analizada la documentación remitida por el Ayuntamiento de Lalín, y vista la propuesta literal que en esta misma fecha eleva la Secretaría General de Ordenación del Territorio y Urbanismo, resulta:

I. Antecedentes:

I.1. El ayuntamiento de Lalín cuenta con un PGOM aprobado definitivamente el 5.2.1999.

I.2. Consta Decisión de 25.6.2013, de la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental, de no sometimiento a evaluación ambiental estratégica (DOG de 16.7.2013).

I.3. La modificación fue aprobada inicialmente por el Ayuntamiento Pleno el 31.3.2014 y sometida a información pública dos meses con anuncios en los periódicos Faro de Vigo y La Voz de Galicia de 9.4.2014; y en el DOG de 9.4.2014. Consta notificación a los ayuntamientos limítrofes.

I.4. Consta certificado municipal de 17.6.2014 conforme no se presentó ninguna alegación en el período de información pública.

I.5. Constan informes municipales respecto de la legalidad y calidad técnica de la ordenación propuesta: técnicos de 21.10.2013, 24.3.2014 y 22.12.2014; jurídico de 22.12.2014; y de Secretaría General de 21.10.2013, 24.3.2014 y 22.12.2014.

I.6. Constan los siguientes informes sectoriales favorables:

– Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), de 5.12.2013.

– Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la sociedad de la información del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de 6.5.2014.

– Dirección General de Ferrocarriles del Ministerio de Fomento, de noviembre de 2013.

– Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, de 20.12.2013 y 30.6.2014.

– Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, de 25.11.2014.

I.7. Consta sometimiento a información pública de los convenios urbanísticos incluidos en la MP núm. 14 con publicaciones en el DOG de 24.4.2014 y en los periódicos Faro de Vigo y La Voz de Galicia de 24.4.2014, así como comunicación a los interesados.

I.8. La modificación puntual núm. 14 del PGOM fue aprobada provisionalmente por el Pleno de la Corporación en la sesión de 29.12.2014.

II. Objeto de la modificación:

A modificación afecta a un total de nueve aspectos del plan general, principalmente:

14.1. Reconocimiento de un vial público en travesía de calle de García Sánchez en el núcleo urbano de Lalín.

14.2. Supresión de paso en planta baja de edificio sito en la calle B núm. 60 del núcleo urbano.

14.3. Recalificación de la parcela ubicada en avenida de Buenos Aires núm. 176, de suelo urbano no consolidado del área de reparto AR-32 a suelo urbano consolidado de ordenanza 3.2 (IV) en ejecución de la sentencia 492/2012 del TSJG.

14.4. Reajuste de la delimitación del núcleo rural de A Igrexa-Pedrouzos derivado de la ejecución de diversas infraestructuras.

14.5. Reajuste de la delimitación del elemento núm. 3-56 incluido en el catálogo de bienes protegidos del plan general.

14.6. Reajuste de la altura libre mínima para usos permitidos en locales y de la anchura mínima de pasajes comerciales de edificaciones existentes (artículo 19, punto 3.2, y
artículo 128.5 de la normativa).

14.7. Ampliación de usos permitidos en equipamiento municipal (plaza de abastos).

14.8. Condiciones de obras complementarias de urbanización en áreas residenciales unifamiliares del suelo urbano.

14.9. Colocación de ascensores en patios de edificaciones existentes.

III. Análisis y consideraciones:

1. Las razones de interés público exigidas en el artículo 94.1 de la LOUG vienen justificadas en la modificación puntual por cuanto se pretende subsanar errores detectados en el PGOM, solucionar defectos por necesidades sobrevenidas y cumplimiento de una sentencia judicial.

2. Al amparo de las competencias autonómicas establecidas en el artículo 85.9 de la LOUG respecto de la aprobación definitiva del planeamiento municipal, se considera suficiente la documentación de la modificación puntual, su conformidad con la legislación urbanística y la coherencia con los instrumentos de ordenación del territorio, así como la no incidencia de su contenido y alcance sobre materias de competencia autonómica.

De conformidad con el artículo 89 de la LOUG, y el artículo 1 del Decreto 44/2012, de 19 de enero, por el que se fija la estructura orgánica de las jefaturas de la Xunta de Galicia, la competencia para resolver sobre la aprobación definitiva de los planes generales de ordenación municipal le corresponde al conselleiro de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras.

IV. Resolución:

En consecuencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 85.7.a) de la LOUG,

RESUELVO:

1º. Aprobar definitivamente la modificación puntual nº 14 del PGOM del Ayuntamiento de Lalín.

2º. Contra esta orden cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán desde el día siguiente al de su publicación, según disponen los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

3º. De conformidad con lo dispuesto por los artículos 92 de la Ley 9/2002, y 70 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el ayuntamiento deberá publicar en el Boletín Oficial de la provincia la normativa y ordenanzas del plan aprobado definitivamente.

4º. Notifíquese esta orden al ayuntamiento y publíquese en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 11 de marzo de 2015

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras