M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 4326/2014 de esta sección, seguido a instancia de Campus na Nube, S.L. (antes Tórculo Artes Gráficas, S.A.) y Tórculo Artes Gráficas, S.A. contra Fogasa, Fotocopias Maxin, S.L.U., Unidixital, S.L., Rebeca Martínez Otero, Administración Concursal Fotocopias Maxin, S.L.U. (María Sierra Rodríguez), Laborman ETT, S.A.-ahora Randstad Empleo, S.A.U. (antes Vedior Trabajo Temporal ETT, S.A.) sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:
Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de Tórculo Artes Gráficas, S.A. y Campus na Nuble, S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, de 9 de junio de 2014 en autos nº 948/2013, que confirmamos.
Dése el destino legal a los depósitos efectuados por las empresas recurrentes, a las que condenamos a abonar los honorarios de letrado de la parte actora-impugnante de la suplicación por importe de quinientos cincuenta euros (550 €).
Declaramos ajustada a derecho la consignación efectuada por Campus na Nube, S.L. en concepto de indemnización.
Se advierte a la parte en ignorado paradero que, en lo sucesivo, se le efectuarán las notificaciones en estrados, salvo que se trate de autos, sentencias o emplazamientos, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 59 de la Ley de procedimiento laboral.
Y para que así conste a efectos de su publicación en el DOG de la provincia a fin de que sirva de notificación en forma a Fotocopias Maxin, S.L.U., con la advertencia de que las siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, expido y firmo el presente edicto.
A Coruña, 18 de febrero de 2015
La secretaria judicial