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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Jueves, 12 de marzo de 2015 Pág. 10174

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos

EDICTO (65/2014).

María Susana Gamonal Lombardero, secretaria judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Betanzos, por el presente edicto

Anuncio.

En el presente procedimiento de juicio verbal 65/2014 seguido a instancia de María Isabel Carro Carro frente a Carmen Sanmartín Sánchez se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

Betanzos, 2 de septiembre de 2014.

Vistos por mí, Mónica Ferreiro Quintas, jueza de apoyo al JAT A Coruña en funciones de refuerzo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de los de esta localidad, los presentes autos de juicio verbal 65/2014, seguidos a iniciativa de María Isabel Carro Carro, representada por el procurador, Roberto Aba Veiga y asistida por el letrado Raúl Miramontes Santiso, frente a Carmen Sanmartín Sánchez, en rebeldía.

Fallo.

Se estima la demanda interpuesta por María Isabel Carro Carro, representada por el procurador, Sr. Aba Veiga, frente a Carmen Sanmartín Sánchez y en consecuencia:

1. Declaro que María Isabel Carro Carro ostenta la propiedad, en virtud de usucapión extraordinaria, de la siguiente finca descrita en el hecho primero de la demanda como rústica, terreno dedicado a secano al sitio de Seixo, parroquia de Santa María de Cuíña, finca número 558 del plano general de concentración archivado en este registro, que linda: norte, María del Carmen Otero Sobrino (557), regato en medio; sur, camino construido por el Servicio de Concentración Parcelaria; este, desconocidos (559); oeste, camino construido por el Servicio de Concentración Parcelaria. Tiene una extensión de cuatro áreas y ochenta y tres centiáreas. Referencia catastral: 15064D502005580000JM, con los lindes actualizados en el hecho sexto de la demanda: norte, José Carro Carro (557), regato en medio; sur, camino construido por el Servicio de Concentración Parcelaria; este, María Carro Valiño (559- hoy María Isabel Carro Carro); y oeste camino construido por el Servicio de Concentración Parcelaria; e identificada como parcela nº 558 del plano general correspondiente a la reorganización de la propiedad de la zona de Santa María de Cuíña (Oza dos Ríos-A Coruña) inscrita en el Registro de la Propiedad de Betanzos, al tomo 998 general, libro 120 de Oza, folio 146, finca nº 12.172, inscripción 1ª.

2. En consonancia con ello, ordeno proceder a la rectificación de las discordancias existentes en el Registro de la Propiedad de Betanzos.

Se condena a la demandada al pago de las costas procesales.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 20 días, por escrito y expresando los motivos por los que se recurre en los términos dispuestos en los artículos 455 y siguientes de la Ley de enjuiciamiento civil. Para lo que deberá tenerse en cuenta lo dispuesto en cuanto al depósito de determinada cantidad de dinero, en la disposición adicional decimoquinta de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de julio, del poder judicial, la cual fue añadida mediante la reforma operada por la Ley orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Notifíquese esta sentencia a las partes, llévese al libro de su clase y déjese testimonio suficiente en los autos.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo».

Y encontrándose dicha demandada, Carmen Sanmartín Sánchez, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.

Betanzos, 18 de septiembre de 2014

La secretaria judicial