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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 40 Viernes, 27 de febrero de 2015 Pág. 8401

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña

EDICTO (876/2014).

Juan Rey Pita, secretario judicial del Juzgado de lo Social número 3 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 876/2014 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Verónica Silva Vázquez contra Línea Futurex Avance, S.L., Fondo de Garantía Salarial, administración concursal de Línea Futurex Avance, S.L. sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Fallo:

1. Estimo la demanda sobre despido formulada por Verónica Silva Vázquez que presentó el 21 de agosto de 2014 ante el Decanato de esta ciudad, una demanda frente a la empresa Línea Futurex Avance, S.L.U. y, en consecuencia, declaro la improcedencia del despido con opción por la extinción de la relación laboral. Todo ello con condena de la empresa indicada al abono de la indemnización de 2.489,60 euros.

2. El Fogasa habrá de pasar por la presente resolución en los términos del artículo 23.5, último párrafo, y 6 inciso primero de la LJS y artículo 33 del ET.

Notifíquese esta resolución. Contra la presente resolución cabe recurso de suplicación en los supuestos previstos en el artículo 191 de la LRJS, que deberá ser anunciado ante este juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación de la presente resolución en la forma prevista en el artículo 194 y concordantes de la LRJS, y con el cumplimiento de las obligaciones de depósito, consignación o aseguramiento previstas en los artículo 229 y siguientes de la LRJS.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el magistrado que la dictó, hallándose celebrando audiencia pública en el día de la fecha, de lo que doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Línea Futurex Avance, S.L. y administración concursal de Línea Futurex Avance, S.L., expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 6 de febrero de 2015

El secretario judicial