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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 36 Lunes, 23 de febrero de 2015 Pág. 7530

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (846/2012).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 846/2012 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Juan Carlos Freire Arestín y Guillermo Sánchez Cons contra la empresa Esabe Vigilancia, S.A., sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Sentencia: 60/2015

Nº autos: 846/2012

A Coruña, 2 de febrero de 2015.

Jorge Hay Alba, magistrado juez del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario entre partes, de una y como demandantes Juan Carlos Freire Arestín y Guillermo Sánchez Cons, que comparecen asistidos del letrado Antonio Pousa Meréns y de otra, como demandados, Esabe Vigilancia, S.A., Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen pese a estar citadas en legal forma.

Fallo:

Que, estimando la demanda interpuesta por los actores Juan Carlos Freire Arestín y Guillermo Sánchez Cons, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Esabe Vigilancia, S.A. a que abone a los actores la cantidad de 2.329,59 y 1.700,07 € respectivamente, por los conceptos reclamados en demanda.

Notifiquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma no cabe recurso de suplicación.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. La extiendo yo, secretaria judicial, para hacer constar que en el día de hoy el magistrado juez deposita en la secretaría de este juzgado la anterior sentencia, para su notificación y publicidad en la forma permitida y ordenada por la Constitución y las leyes. Misma fecha que la sentencia. Doy fe».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Esabe Vigilancia, S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 2 de febrero de 2015

Adelaida Egurbide Margañón
Secretaria judicial