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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 31 Lunes, 16 de febrero de 2015 Pág. 6592

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (513/2013).

Susana Varela Amboage, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento procedimiento ordinario 513/2013 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Manuel Requeijo Tojo contra Excavaciones Migasa, S.L., Santiago Sur Galicia, S.L., Fondo de Garantia Salarial, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto de conciliacion de fecha 26 de enero de 2015.

Parte dispositiva.

Acuerdo:

Se aprueba la conciliación alcanzada entre las partes, en los términos expresados en el antecedente de hecho segundo de esta resolución.

Tener por desistida a la parte actora de la demanda presentada frente a Excavaciones Migasa, S.L.

Archívense las actuaciones.

Notifíquese la presente resolución, haciendo saber a las partes que la acción para impugnar la validez de la conciliación se ejercitará ante este mismo órgano, por los trámites y con los recursos establecidos en la LJS. La acción caducará a los treinta días de la fecha de su celebración. Para los terceros perjudicados el plazo contará desde que pudieran haber conocido el acuerdo. Las partes podrán ejercitar la acción de nulidad por las causas que invalidan los contratos y la impugnación por los posibles terceros perjudicados podrá fundamentarse en ilegalidad o lesividad.

Modo de impugnación. Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Excavaciones Migasa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 27 de enero de 2015

La secretaria judicial