Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Lunes, 9 de febrero de 2015 Pág. 5710

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (774/2012).

María Adelaida Egurbide Margañón, secretaria judicial del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 774/2012 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Ana María Sánchez Sánchez, Marcos Crespo Gómez, Rubén Montes Bermúdez, Carlos Abellón Varela, Manuel Gómez López, José Ángel Pita Pérez, Gabriel Babío Pedreira, Pedro Pita Couce, Francisco Javier Iglesias Prado y Marcos Rodríguez Naveira contra la empresa Cabinas Bentancar, S.L. y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Fallo

Que, estimando la demanda interpuesta por los actores, con citación del Fogasa, debo condenar y condeno a la empresa Cabinas Betancas, S.L. a que abone las siguientes cantidades:

A la Sra. Sánchez, 15.417,59 €

Al Sr. Crespo, 11.477,10 €

Al Sr. Montes, 10.232,84 €

Al Sr. Abellón, 11.211,87 €

Al Sr. Gómez, 15.916,80 €

Al Sr. Pita Pérez, 15.412,26 €

Al Sr. Babío, 15.337,20 €

Al Sr. Pita Couce, 11.532,34 €

Al Sr. Iglesias, 17.071,90 €

Al Sr. Rodríguez, 11.032,44 €

Todas las cantidades incrementadas con el interés del 10 % por mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia y, en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en Banco de Santander de esta ciudad.

E igualmente deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Cabinas Bentancar, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 20 de enero de 2015

La secretaria judicial