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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 3 Miércoles, 7 de enero de 2015 Pág. 581

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

CÉDULA de notificación de sentencia (R.S.U. 4266/2012-CON).

Tipo y nº de recurso: recurso suplicación 4266/2012-CON

Juzgado de origen/autos: demanda 484/2011 Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

Recurrente: Instituto Nacional de la Seguridad Social

Abogado: Servicio Jurídico de la Seguridad Social (Provincial)

Recurridos: Tesorería General de la Seguridad Social, Exfoga, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo

Abogada: María Julia Garea Cao

M. Socorro Bazarra Varela, secretaria judicial de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber:

Que en el procedimiento recurso suplicación 4266/2012-CON de esta sala, seguido a instancia de Instituto Nacional de la Seguridad Social contra Tesorería General de la Seguridad Social, Exfoga, S.L., Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo sobre otros derechos seg. social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la letrada de la administración de la Seguridad Social, en nombre y representación del INSS, contra la sentencia de fecha 7 de febrero de 2012 dictada por el Juzgado de lo Social número 5 de los de A Coruña en los autos número 484/2011 seguidos a instancias de la mutua contra los demandados sobre reintegro de prestaciones, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 35 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 35, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 35 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa Exfoga, S.L., expido el presente para su inserción en el DOG.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 10 de diciembre de 2014

La secretaria judicial