Para una adecuada aplicación de las tasas y precios de la Comunidad Autónoma de Galicia, la orden a la que hace referencia el título de esta resolución ha procedido a codificar tanto las diferentes tasas como los servicios gestores que las aplican.
A lo largo del año se promulgaron una serie de normas que han creado o modificado las tarifas existentes, razón por la que mediante esta resolución se procede a revisar las codificaciones recogidas en la orden citada, de acuerdo con la autorización contenida en el párrafo 2 de la disposición adicional de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992.
RESUELVO:
Primero. Actualizar el anexo V de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992 de la siguiente forma:
Añadiendo el servicio en la 04 Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia:
24 |
Agencia para la Modernización Tecnológica |
OA |
Modificando el servicio de la 06 Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras:
19 Prevención y Gestión Ambiental
Modificando el servicio de la 14 Consellería de Trabajo y Bienestar:
11 Trabajo y Economía Social
Segundo. Actualizar el anexo VI de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992 del siguiente modo:
Añadiendo los códigos relacionados a continuación, de modo que se inserten en el lugar que les corresponda según el orden preestablecido:
30.14.11 |
Licencia única interautonómica en materia de pesca continental |
30.15.05 |
Licencia única interautonómica en materia de caza |
30.57.00 |
Acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad, no financiadas con fondos públicos |
31.01.20 |
Inscripción en las pruebas para la obtención y/o renovación de la competencia profesional para la actividad de transporte, la cualificación profesional para la conducción de determinados vehículos dedicados a la actividad de transporte, y/o cualificación como consejeros de seguridad en transporte de mercancías peligrosas |
31.07.33 |
Autorización y registro de explotaciones avícolas, canículas, porcinas y de visones, excepto aquellas que sean de autoconsumo (de todo tipo), reducidas (porcino) o artesanales (avícolas). |
31.12.14 |
Actividades de control oficial en empresas alimentarias para dar cumplimiento a requisitos de terceros países |
32.57.01 |
Expedición, renovación y modificación substancial de la autorización ambiental integrada |
32.57.02 |
Baja o transmisión de titularidad de la autorización ambiental integrada |
32.78.00 |
Solicitud de emisión de la declaración de incidencia ambiental |
Modificando los códigos siguientes:
30.07.01 |
Autorización de explotación |
30.07.03 |
Cambios en la autorización de instalación y localización, extinción o denuncia |
30.07.08 |
Homologación de modelos de máquinas de juego. En el caso de las máquinas tipo B o B especial, la cuantía se multiplicará por cada juego que inserte la máquina |
30.07.15 |
Otras inscripciones en el Registro de Modelos de Máquinas: modificaciones substanciales de la inscripción, cancelación de la inscripción o autorización de la cesión de la inscripción. En el caso de las máquinas tipo B o B especial, la cuantía se multiplicará por el número de juegos que se modifiquen |
31.01.06 |
Expedición de títulos y certificados justificativos de la disposición de la competencia profesional para el ejercicio de la actividad del transporte y/o para el ejercicio de la función de consejero de seguridad en el transporte de mercancías peligrosas |
31.01.17 |
Expedición de certificados acreditativos de la obtención de la aptitud profesional para la conducción de determinados vehículos destinados al transporte por carretera |
31.07.26 |
Pruebas diagnósticas establecidas en los programas oficiales de erradicación de tuberculosis y brucelosis para la realización de movimientos de animales entre explotaciones |
31.08.04 |
Actuaciones extraordinarias de los veterinarios oficiales de Galicia, a demanda de los establecimientos. (Se consideran actuaciones extraordinarias las que tengan lugar fuera del horario habitual establecido y autorizado para cada matadero. No incluye las actuaciones llevadas a cabo como consecuencia de la ampliación del horario durante la jornada laboral o días autorizados de trabajo, independientemente del motivo de dicha ampliación) |
32.36.08 |
Concesiones experimentales en materia de acuicultura o autorizaciones para actividad de reparqueo |
32.37.00 |
Actuaciones en materia de producción eléctrica |
32.37.04 |
Inscripción, modificación y cancelación en el Registro Administrativo de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica |
32.37.06 |
Autorización administrativa de otras instalaciones de producción eléctrica. Sobre la tarifa consignada en el código 32.09.00 |
32.52.14 |
Baja o transmisión de titularidad de la autorización de gestor de residuos para actividades de almacenamiento, valoración y eliminación de residuos |
32.57.00 |
Autorización ambiental integrada |
Eliminando los códigos seguintes:
30.07.22 |
Autorización de instalación del centro de control del sistema de interconexión de máquinas de juego tipo A entre establecimientos |
|
31.12.09 |
Autorización para ejercer actividades de formación del personal de mantenimiento higiénico-sanitario de las instalaciones susceptibles de propagar la legionelosis |
|
31.12.10 |
Autorización de entidades para impartir programas de formación de personal aplicador de tatuaje, micropigmentación y piercing y de aparatos de bronceado |
|
31.12.12 |
Autorización e inscripción en el Registro de Laboratorios para la realización de determinados ensayos de control de productos alimenticios relacionados con el consumo humano |
|
31.16.01 |
Acreditación de los centros para la práctica legal de la interrupción voluntaria del embarazo |
|
31.17.00 |
Autorización y/o acreditación de centros sanitarios extractores y trasplantadores de órganos, o de obtención e implantación de tejidos. |
|
31.17.01 |
Comprobación del cumplimiento de los requisitos exigidos para la autorización y acreditación correspondiente |
|
31.17.02 |
Renovación de la autorización o acreditación |
|
33.04.00 |
Venta de libros de control sanitario de piscinas de uso colectivo |
10,93 |
Tercero. Actualizar el anexo VII de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, quedando como sigue:
Banco Santander.
Banco Popular.
Banco Sabadell.
Caixa Geral Depositos.
BBVA.
Targobank.
Banco Pastor.
Evo Banco, S.A.
Bankia.
Abanca.
Ibercaja.
Caja España.
La Caixa.
Caja Duero.
Caja Rural de Lugo.
Caja Rural Zamora.
Cuarto. Actualizar el anexo I de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 29 de junio de 1994 añadiendo los siguientes códigos:
364700 Servicios prestados por la Agencia Gallega de Innovación
364701 Servicios prestados por el Centro de Innovación y Servicios Tecnológicos de la Madera de Galicia (CIS Madera)
364702 Servicios prestados por el Centro de Innovación y Servicios de Diseño y Tecnología (CIS Galicia)
353400 Transporte adaptado y asistido
Quinto. Esta resolución entrará en vigor el día 1 de enero de 2015.
Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2014
Ulpiano L. Villanueva Rodríguez
Director de la Agencia Tributaria de Galicia