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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 232 Miércoles, 3 de diciembre de 2014 Pág. 49897

V. Administración de justicia

Audiencia Provincial de Pontevedra (Sección Primera)

EDICTO de aclaración de sentencia (433/2013).

Yo, María Jesús Prieto Toranzo, secretaria de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra, certifico que en este órgano judicial se tramita recurso de apelación (LECN) 433/2013, a instancia de María Jesús Pérez Baz, contra Eurocasa Promociones de Galicia, S.L., Víctor Manuel Pérez Baz, José Castro Comesaña, Ministerio Fiscal y administración concursal de Eurocasa Promociones de Galicia, S.L., en los que se ha dictado auto de aclaración, en 23 de abril de 2014, del tenor literal siguiente:

«Auto de aclaración de la sentencia 145/2014.

Magistrados:

Francisco Javier Menéndez Estébanez.

Manuel Almenar Berenguer.

Jacinto José Pérez Benítez.

En Pontevedra a 23 de abril de 2014.

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Parte dispositiva.

La Sala acuerda:

Estimar las peticiones formuladas por el procurador Antonio Fernández García, en nombre y representación de María Jesús Pérez Baz y por César E. Martínez Gómez, administrador concursal de Eurocasa Promociones de Galicia, S.L., de aclarar el fallo de la sentencia de fecha 11 de abril de 2014, dictada en el presente procedimiento, en el sentido que se indica:

El apartado 3 del fallo quedará redactado en los siguientes términos: «reducir la obligación de la administradora a cubrir el déficit del concurso hasta el 50 % del desfase observado en la cuenta de caja (27.427,86 euros), con el límite del 33 % del déficit concursal».

Modo de impugnación. Contra esta resolución no cabrá recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiere la solicitud de aclaración.

Así lo mandan y firman los magistrados arriba indicados. Doy fe.

Siguen las rúbricas. Certifico».

Lo insertado concuerda bien y fielmente con su original al que me remito, en caso necesario, y para que así conste y sirva de notificación a José Castro Comesaña, extiendo y firmo el presente.

Pontevedra, 24 de abril de 2014

La secretaria judicial